SAP Valencia 382/2011, 18 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Octubre 2011
Número de resolución382/2011

ROLLO NÚM. 000393/2011

M

SENTENCIA NÚM.: 382/11

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

DOÑA ROSA MARÍA ANDRÉS CUENCA

DON GONZALO CARUANA FONT DE MORA

DOÑA PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA

En Valencia a dieciocho de octubre de dos mil once.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA ROSA MARÍA ANDRÉS CUENCA, el presente rollo de apelación número 000393/2011, dimanante de los autos de Incidente Concursal - 000806/2009, promovidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE VALENCIA, entre partes, de una, como demandante apelante a don Justiniano, representado por el Procurador de los Tribunales don RAUL MARTINEZ GIMENEZ, y asistido del Letrado don PEDRO GUILLEN GRECH y de otra, como apelados a ADMINISTRACION CONCURSAL, D. Rodrigo y NOU TEMPLE SL representada ésta última por el Procurador de los Tribunales don JAVIER ROLDAN GARCIA, y asistida del Letrado don JOSE FRANCISCO LOPEZ NAVARRO, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Justiniano .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE VALENCIA en fecha 28 de octubre de 2009, contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando como desestimo la demanda de incidente concursal promovida por el Procurador Sr. Martinez Gimenez en la representación que ostenta de su mandante D. Justiniano, en el seno del concurso de acreedores num. 255/08 de este Juzgado relativo a la entidad declarada en concurso PROMOCIONES NOU TEMPLE S.L., no ha lugar a la resolucion contractual impetrada. Sin pronunciamiento en materia de costas procesales. ".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Justiniano, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia objeto de recurso, dictada con fecha 28-10-09 por el Juzgado mercantil 1 de Valencia, desestimaba la demanda de incidente concursal planteada por D. Justiniano, respecto de NOU TEMPLE SL, sin dar lugar a la resolución contractual pretendida.

Frente a dicha resolución planteó recurso de apelación el demandante, solicitando la revocación de la sentencia y que se diera lugar a la resolución de los contratos de compraventa a que se refiere la demanda, oponiendo en primer lugar la representación de la mercantil PROMOCIONES NOU TEMPLE SL la inadmisibilidad del recurso, al no haberse presentado en plazo ningún escrito de preparación de apelación e interponer, directamente, recurso de apelación, cuestión que, por su carácter impeditivo, ha de ser examinada en primer lugar. Se opusieron los demandados al recurso interpuesto, solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

La Sala ACEPTA la fundamentación jurídica de la resolución recurrida.

Con carácter previo al análisis, en su caso, de los concretos motivos de recurso, se hace necesario abordar la cuestión suscitada por la parte apelada referida a la inadmisibilidad de aquel, por no haberse presentado escrito alguno preparatorio del recurso de apelación.

Ciertamente, tal y como la propia parte expone, la sentencia de 4-10-10, dictada por esta Sección Novena en rollo de apelación 390/10, afirma, al respecto lo que sigue:

" Conforme a lo prevenido en el artículo 197.3 de la Ley Concursal, contra las sentencias dictadas en incidentes concursales promovidos en la fase común -cual es el caso de autos- no cabrá recurso alguno, pero las partes podrán reproducir la cuestión en la apelación más próxima siempre que hubieren formulado protesta en el plazo de cinco días,...

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