STSJ Galicia 1103/2011, 17 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1103/2011 |
Fecha | 17 Noviembre 2011 |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 01103/2011
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº4745/2008
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
Ilmos. Sres.D.
JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
JOSÉ MARÍA ARROJO MARTINEZ
BLANCA MARÍA FERNÁNDEZ CONDE
A Coruña, diecisiete de noviembre de dos mil once.
En el recurso contencioso-administrativo que con el nº4745/2008 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por DON Cecilio, representado por el procurador don José Luis González Martín y dirigido por el letrado don Manuel Blanco Ons, contra la resolución de la Consellería de Innovación e Industria, en el expediente 29/07 sobre imposición de sanción por infracción en materia de seguridad industrial. Es parte como demandada la CONSELLERÍA DE IN NO VACIÓN E INDUSTRIA representada y dirigida por e Sr Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es de 65.000 euros.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado y practicadas las diligencias oportunas, se ordena que por la parte recurrente se deduzca demanda, lo que realiza a medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicita se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presenta escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estima procedentes, y se suplica se dicte sentencia estimando el recurso.
Una vez practicadas, con el resultado que consta en autos, las pruebas admitidas y cumplimentado el trámite de conclusiones, se declara terminado el debate escrito y se señala para votación y fallo.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
Se impugna en este recurso contencioso-administrativo por D. Cecilio la resolución de la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia de 18 de septiembre de 2008 que acuerda sancionar solidariamente al Concello de Ribeira, D. Cecilio, a "Iluminaciones Umia S.L." y a "Studio 21 Discomóvil S.L.".
La sanción( importe 65.000 euros)siguiendo acta de infracción se impone por los siguientes hechos ... las instalaciones relacionadas con el accidente eléctrico que se produjo en las fiestas de Carnaval en la calle Portugal del Concello de Ribeira, que ocasionó la muerte de una persona, no contaban con la preceptiva autorización administrativa (.....)
Se tipifica la infracción en el articulo 33.3.b) de la Ley 9/2004, de 10 de agosto de seguridad industrial de Galicia y 31.2.b) en relación con el apartado d) de la Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria . Son infracciones graves las siguientes:
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La puesta en funcionamiento de instalaciones que carecen de la correspondiente autorización cuando ésta sea preceptiva, de acuerdo con la correspondiente disposición legal o reglamentaria
Y, articulo 31.2.b) en relación con el apartado d) de la Ley 21/1992. Son infracciones graves las siguientes:
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La fabricación, importación, venta, transporte, instalación o utilización de productos, aparatos o elementos sujetos a seguridad industrial sin cumplir las normas reglamentarias, cuando comporte peligro o daño grave para personas, flora, fauna, cosas o el medio ambiente.
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La puesta en funcionamiento de instalaciones careciendo de la correspondiente autorización, cuando ésta sea preceptiva de acuerdo con la correspondiente disposición legal o reglamentaria.
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La resistencia de los titulares de actividades e instalaciones industriales en permitir el acceso o facilitar la información requerida por las Administraciones Públicas, cuando hubiese obligación legal o reglamentaria de atender tal petición de acceso o información.
La actora entre otros argumentos aludidos en escrito de...
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