SAP Burgos 489/2011, 19 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución489/2011
Fecha19 Diciembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

BURGOS

SENTENCIA: 00489/2011

S E N T E N C I A Nº 489

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS

UNIPERSONAL

MAGISTRADO/A: DOÑA ARABELA GARCÍA ESPINA

SOBRE: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD

LUGAR: BURGOS

FECHA: DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE

En el Rollo de Apelación nº 332 de 2011, dimanante de Juicio Verbal nº 1363/2010, del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Burgos, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 9 de mayo de 2011, siendo parte, como demandantes-apelados Dª. Valentina, D. Eutimio, Dª. Begoña,

D. Jacobo, representados en este Tribunal por el Procurador D. Enrique Sedano Ronda y defendidos por el Letrado D. José Antonio Fernández Barrio y como demandada-apelante GABINETE DE AUDIOPRÓTESIS, ELECTROMEDICINA Y SERVICIOS, S.A., (GAES, S.AL.), representada en este Tribunal por el Procurador

D. Fernando Santamaría Alcalde y defendida por el Letrado. D. Antonio Moreno Pardo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la resolución apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Sedano Ronda, en representación de Dª. Begoña, D. Jacobo y D. Eutimio, contra Gabinetes de Audioprótesis, Electromedicina y Servicios, S.A. (GAES), representada Sr. Santamaría Alcalde, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a los actores la cantidad de tres mil seiscientos cuarenta y siete (3.647,00) euros, con la previa o simultánea entrega de los bienes adquiridos, objeto de este juicio; y todo ello, con expresa imposición a la demandada de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de GABINETE DE AUDIOPROTESIS ELECTROMEDICINA Y SERVICIOS, S.A., se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a Derecho.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo sido señalado el día 1 de Diciembre de 2011 para su examen.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandada la mercantil Gabinete de Audioprótesis Electromedicina y Servicios, S.A. (GAES, S.A.) formula recurso de apelación contra la Sentencia que, estimando íntegramente la demanda por considerar validamente resuelto el contrato de compraventa de dos aparatos y sus accesorios celebrado entre la mercantil demandada y D. Alexander el día 17 de Noviembre de 2001, por desistimiento del comprador, condena a la demandada a abonar a los actores el precio de la compraventa 3.647 #, con la previa y simultanea entrega de los bienes adquiridos.

La parte demandada alegó en la primera instancia dos motivos para oponerse a la demanda:

  1. - Que la facultad de desistir de la compraventa en el plazo de tres meses, que reconoce la parte demandada, incluía el contrato a favor del comprador, es un derecho que se concede únicamente al consumidor adquirente y no es susceptible de transmisión a los herederos, y no habiéndolo ejercitado D. Alexander carecen de tal derecho los actores.

  2. - Que la reclamación de los actores a la demandada, solicitando la devolución del precio, desistiendo de la compraventa se produjo con posterioridad al plazo de los tres meses desde la fecha de la compra.

La parte apelante renuncia, expresamente, a este motivo de oposición a al demanda; alegando en el recurso de apelación únicamente el primero de los motivos de oposición a la demanda enunciados.

SEGUNDO

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