SAP Vizcaya 48/2011, 28 de Enero de 2011
Ponente | MARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA |
ECLI | ES:APBI:2011:1483 |
Número de Recurso | 728/2010 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000 |
Número de Resolución | 48/2011 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 4ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001
Tfno.: 94-4016665
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.02.2-09/007272
A.p.ordinario L2 728/10
O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 1 (Barakaldo)
Autos de Pro.ordinario L2 870/09
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Recurrente: Romeo
Procurador/a: MARIA DEL ROSARIO MARTINEZ GONZALEZ
Recurrido: Sacramento
Procurador/a: JOSE MANUEL LOPEZ MARTINEZ
SENTENCIA Nº 48/11
ILMOS. SRES.
D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI
Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO
Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA
En Bilbao, a veintiocho de enero de dos mil once
Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba indicados, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 870/09
, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Barakaldo, y seguidos entre partes: Como apelantedemandada D. Romeo, representado por la procuradora Sra. María Rosario Martínez González y defendido por la letrada Sra. Inmacualda Pérez García, y como apelada- demandante que se opone al recurso de apelación D.ª Sacramento, representada por el procurador Sr. José Manuel López Martínez y defendido por el letrado Sr. Ignacio Lázaro Bravo; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 22 de febrero de 2010 . SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
La Sentencia de instancia de fecha 22 de febrero de 2010 es de tenor literal siguiente:
"FALLO: QUE ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Basterrechea, en representación de Dª Sacramento debo condenar a D. Romeo al abono de 28.614,40 euros, que devengarán el interés legalmente previsto en el Código Civil desde la fecha de interposición de la demanda, con imposición a la parte demandada las costas que se hubieren causado."
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandado se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 728/10 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada D.ª REYES CASTRESANA GARCÍA .
La sentencia de primera instancia estima la demanda interpuesta por Dña. Sacramento contra su hijo D. Romeo, en situación procesal de rebeldía, al amparo de los arts 1.145 y 1.158 del Código Civl, en reclamación de la cantidad de 28.614,40 euros, por la mitad de lo satisfecho en concepto de préstamo hipotecario de la Caja Laboral, gastos de notaría, Hacienda y Registro de la Propiedad, y derramas con relación a la vivienda que ambos litigantes compraron por mitades e indivisas partes el 15 de diciembre de 1.997.
Contra la misma se ha interpuesto recurso de apelación por el demandado D. Romeo alegando errónea valoración de prueba e infracción de los arts. 1.145 y 1.158 del Código Civil al considerar indebida la repetición de la cantidad de 7.818,28 euros, desglosada en 6.310,63 euros por gastos de notaría y 1.507,65 euros por las cuotas del préstamo hipotecario de enero a abril de 1.998, en base a que no fueron satisfechas por la demandante sino por su hermana Dña. Matilde, por lo...
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