STSJ Comunidad Valenciana 84/2011, 31 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Enero 2011
Número de resolución84/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la ciudad de Valencia a treinta y uno de enero de dos mil once.

La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA, Presidente,

D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES y D.AGUSTÍN GÓMEZ MORENO MORA, Magistrados, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA Nº 84

En el recurso contencioso administrativo nº 3104/08 interpuesto por Sonia, representada por el procurador FRANCISCO JOSÉ PÉREZ GARCÍA y asistida de la letrada VERÓNICA SELLÉS FRANCÉS, contra la resolución adoptada con fecha 30.4.2008 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de las reclamaciones en su día formuladas por la hoy demandante contra los siguientes actos administrativos: 1) acuerdo del Inspector Regional Adjunto de la Delegación Especial de Valencia de la Agencia Tributaria, mediante el que -en esencia- se confirma el acta de disconformidad instruida por el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a los ejercicios 2001 y 2002; y 2) acuerdo sancionador por infracción tributaria grave del art. 79.a) LGT#63, derivado de lo anterior y por importe de 32.723,65 #. Habiendo sido parte demandada en los autos el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE VALENCIA, representado y asistido por el ABOGADO DEL ESTADO. Y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado

D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 64 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 26 de enero de 2011.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo frente a la resolución adoptada con fecha 30.4.2008 por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia, desestimatoria de las reclamaciones en su día formuladas por la hoy demandante contra los siguientes actos administrativos: 1) acuerdo del Inspector Regional Adjunto de la Inspección Regional de la Delegación Especial de Valencia de la Agencia Tributaria, mediante el que -en esencia- se confirma el acta de disconformidad instruida por el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente a los ejercicios 2001 y 2002, estableciéndose una liquidación por importe de 46.757,66 #, incluidos los intereses de demora. La razón de la regularización practicada es la consideración de la Administración tributaria de no corresponderse la actividad en la que estaba matriculado el contribuyente (epígrafe 501.3 del IAE "albañilería y pequeños trabajos de construcción") con la verdadera actividad desarrollada ("construcción completa, reparación y conservación de obras civiles", correspondiente al epígrafe 501.2), siendo que esta...

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