STSJ Galicia 10/2011, 13 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución10/2011
Fecha13 Enero 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00010/2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2 Sección 002

N56820

N.I.G: 27028 45 3 2010 0000511

Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0004573 /2010

Sobre P SEPARADA DE SUSPENSION/MEDIDAS CAUTELARES 0000040 /2010

De D/ña. ACCION ADMINISTRATIVA Y ACTO ADMINISTR.

Letrado: MARIA DEL PILAR GARCIA LOPEZ

Procurador: MARIA MAR PENAS FRANCOS

Contra D/ña. AXENCIA DA PROTECCION DA LEGALIDADE URBANISTICA

Letrado : LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA

Procurador:

RECURSO DE APELACION 4573/2010

EN NOMBRE DEL REY

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

A CORUÑA, 13 de enero de dos mil diez.

En el RECURSO DE APELACION nº 4573/2010 que pende de resolución de esta Sala, interpuesto por JARDIN LUGO, S.L., dirigido por el Letrado D. MARIA

DEL PILAR GARCIA LÓPEZ, contra Auto de fecha 1-9-2010 de de del Juzgado Contenciosoadministrativo número 2 de Lugo . Es parte apelada la Axencia da Protección da Legalidade Urbanística, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Lugo se dictó Auto con fecha 1-9-2010 en la Pieza de Medidas Cautelares 40/2010 con la siguiente parte dispositiva: "Fallo: Se deniega la suspensión de la ejecución del acto recurrido, interesada por el Procurador D. Jacobo Varela Puga, en nombre y representación de Jardín Lugo, S.L., con relación al acto administrativo impugnado, que se identifica en el antecedente fáctico primero de la presente resolución. Sin expresa condena en costas".

SEGUNDO

Por la representación de JARDIN LUGO, S.L. se interpuso recurso de apelación contra dicho Auto, en el que se solicitó que se dictase por esta Sala otro revocando el de primera instancia y, en definitiva, estimando el recurso de apelación interpuesto.

TERCERO

El recurso fue admitido y se dio traslado del mismo a las demás partes con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, por providencia de fecha 16-12-2011 se señaló para votación y fallo el día 5-1-2011.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Es ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para decidir el presente recurso de apelación es preciso destacar la no desvirtuada circunstancia de que mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Lugo, de trece de mayo de 2010, dictada en el PO 1069/08 -A-, fue estimado el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto contra la resolución del Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística de fecha 3-9-2008...

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