STSJ Galicia 10/2011, 13 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 10/2011 |
Fecha | 13 Enero 2011 |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00010/2011
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2 Sección 002
N56820
N.I.G: 27028 45 3 2010 0000511
Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0004573 /2010
Sobre P SEPARADA DE SUSPENSION/MEDIDAS CAUTELARES 0000040 /2010
De D/ña. ACCION ADMINISTRATIVA Y ACTO ADMINISTR.
Letrado: MARIA DEL PILAR GARCIA LOPEZ
Procurador: MARIA MAR PENAS FRANCOS
Contra D/ña. AXENCIA DA PROTECCION DA LEGALIDADE URBANISTICA
Letrado : LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA
Procurador:
RECURSO DE APELACION 4573/2010
EN NOMBRE DEL REY
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la SENTENCIA
Ilmos. Sres. D.
JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ
CRISTINA MARÍA PAZ EIROA
A CORUÑA, 13 de enero de dos mil diez.
En el RECURSO DE APELACION nº 4573/2010 que pende de resolución de esta Sala, interpuesto por JARDIN LUGO, S.L., dirigido por el Letrado D. MARIA
DEL PILAR GARCIA LÓPEZ, contra Auto de fecha 1-9-2010 de de del Juzgado Contenciosoadministrativo número 2 de Lugo . Es parte apelada la Axencia da Protección da Legalidade Urbanística, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia.
Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Lugo se dictó Auto con fecha 1-9-2010 en la Pieza de Medidas Cautelares 40/2010 con la siguiente parte dispositiva: "Fallo: Se deniega la suspensión de la ejecución del acto recurrido, interesada por el Procurador D. Jacobo Varela Puga, en nombre y representación de Jardín Lugo, S.L., con relación al acto administrativo impugnado, que se identifica en el antecedente fáctico primero de la presente resolución. Sin expresa condena en costas".
Por la representación de JARDIN LUGO, S.L. se interpuso recurso de apelación contra dicho Auto, en el que se solicitó que se dictase por esta Sala otro revocando el de primera instancia y, en definitiva, estimando el recurso de apelación interpuesto.
El recurso fue admitido y se dio traslado del mismo a las demás partes con el resultado que obra en autos.
Recibidos los autos en esta Sala, por providencia de fecha 16-12-2011 se señaló para votación y fallo el día 5-1-2011.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Es ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.
Para decidir el presente recurso de apelación es preciso destacar la no desvirtuada circunstancia de que mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Lugo, de trece de mayo de 2010, dictada en el PO 1069/08 -A-, fue estimado el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto contra la resolución del Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística de fecha 3-9-2008...
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