SAP A Coruña 30/2011, 24 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Enero 2011
Número de resolución30/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00030/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA

Domicilio: RÚA CAPITAN JUAN VARELA, S/N

Telf: 981.182067-066

Fax: 981.182065

Modelo: 213100

N.I.G.: 15030 37 2 2010 0003337

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000379 /2010

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000222 /2010

RECURRENTE: Doroteo

Procurador/a: JESÚS MANUEL BLANCO PÉREZ

Letrado/a: MARIA MONSERRAT VAZQUEZ SANCHEZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

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LA SECCIO PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA, CONSTITUIDA POR LOS ILMOS/AS SR./SRAS

D./DÑA. ANGEL MARIA JUDEL PRIETO-PRESIDENTE, DON JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ Y DON IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS-MAGISTRADOS.

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En A CORUÑA, a veinticuatro de enero de dos mil once.

VISTO, por esta Sección 001 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador JESÚS MANUEL BLANCO PÉREZ, en representación de Doroteo, bajo la dirección de la Letrada Sra. Vázquez Sánchez, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA : 0000222 /2010 del JDO. DE LO PENAL nº: 002 ; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el/la Magistrado/a Ilmo/a. Sr./a. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Doroteo y Luis Francisco, como autores responsables de un delito de robo con violencia o intimidación, subtipo agravado de utilización de armas o instrumentos peligrosos, y dos delitos de detención ilegal, tipificados en los artículos 217, 242.1 y 2 y 163.1 y 2 del Código Penal, a las penas de PRISIÓN DE TRES AÑOS, SEIS MESES Y UN DIA, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de duración de la condena, por el delito de robo con violencia y la pena de PRISION DE DOS AÑOS Y UN DIA, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de duración de la condena, por cada uno de los delitos de detención ilegal. En materia de indemnización civil Doroteo y Luis Francisco indemnizarán conjunta y solidariamente a Caixa Nova en 7.000 euros, incrementadas con los intereses devengados con arreglo a los dispuesto en el artículo 576 de la Ley d enjuiciamiento Civil. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

CUARTO

Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación.

hechos probados

Se aceptan íntegramente los de la resolución recurrida, cuyo contenido se da por reproducido para una mayor brevedad de la presente.

fundamentos jurídicos
PRIMERO

No discutida la cuestión de la autoría, el recurso se configura sobre cuatro pedimentos de carácter básicamente jurídico todos ellos y que corresponde examinar por separado y de manera correlativa de cara a una mayor claridad expositiva.

El primero versa sobre la inexistencia en el relato de hechos probados de elementos suficientes para tener por probada la comisión del delito de detención ilegal, al entender el acto de encerrar a las empleadas de la entidad como una parte de la intimidación cualificadora del acto de apoderamiento ajena a una voluntad de atacar su libertad personal autónoma en relación con el acto de apoderamiento. Las resoluciones citadas en respaldo de tal tesis inciden para valorar esa absorción o independencia en factores circunstanciales como la naturaleza y entidad del acto intimidatorio inicial destinado a lograr el apoderamiento, la forma de la retención y la duración de ésta. La jurisprudencia más reciente aboga, gradualmente pero sin reparos, por el abandono de las reglas de absorción o concursales: deslindando diversos supuestos en los que la privación de libertad connatural a toda situación de intimidación coincide o supera el necesario para realizar el despojo, entendiendo que desde el punto de vista de la valoración jurídica en estos últimos goza de una significación ilícita propia que supera el marco de la mínima o consustancial que llevaría a su inclusión en la coerción o violencia del apoderamiento y superando el vínculo estrictamente instrumental, lo que haría necesario aplicar las...

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