STSJ Comunidad de Madrid 44/2011, 14 de Enero de 2011

PonenteRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
ECLIES:TSJM:2011:188
Número de Recurso3992/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución44/2011
Fecha de Resolución14 de Enero de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00044/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCÍÓN TERCERA

Recurso número 3992/2008

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Recurrente: Sr. Estanislao

Demandado: Ministerio del Interior

Letrado: Sr. Abogado del Estado

SENTENCIA nº 44

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En Madrid, a 14 de enero del año 2011, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por Don Estanislao, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, que actúa en este proceso en su propio nombre, contra la Administración General del Estado, defendida por el Abogado del Estado, en la representación que por Ley le corresponde. La

cuantía de este Recurso es indeterminada. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de Hecho
Primero

Se interpuso este Recurso el día 12 de septiembre del año 2008, formalizándose demanda por el recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia que, estimando sus pretensiones, declare nulo el Anexo publicado en la Resolución de fecha 13 de marzo del año 2008, así como el Acta firmada entre Administración y sindicatos policiales en lo referente a la normalización del baremo, y se vuelva a realizar un nuevo escalafonamiento de los nombrados Inspectores Jefes en dicha Resolución, sin que para el cálculo de la nota final se realice la normalización del baremo de cada uno de ellos.

Segundo

El Abogado del Estado contestó a la demanda oponiéndose a las pretensiones del demandante, y concluyó interesando una Sentencia íntegramente desestimatoria del Recurso, imponiendo las costas a la recurrente. Tercero.- Despachado por las partes el trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 14 de octubre del año 2010.

Fundamentos de Derecho
Primero

El presente recurso contencioso administrativo, interpuesto en su propio nombre y representación por Don Estanislao, se promueve contra la Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de fecha 13 de junio del año 2008, por la que se desestimó el Recurso de reposición interpuesto por aquel contra la Resolución de la mencionada Dirección General, fechada el 13 de marzo de

2.008 ( Orden General núm. 1.703, de de 17 de marzo del 2008 ), por la que se nombran Inspectores Jefes del Cuerpo Nacional de Policía a los Inspectores que habían superado el oportuno proceso selectivo, figurando entre ellos el recurrente.

Segundo

Tal y como ya tuvo ocasión de manifestar, entre muchas otras, la Sentencia dictada, con fecha 4 de mayo de 2.006, por la Sección Tercera de esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, las pretensiones del recurrente merecen tener favorable acogida por los motivos que expone en su demanda y que esta Sala comparte en su integridad.

Veamos: En el caso debatido, se convocan 225 plazas, de las que 150 corresponden a la modalidad de antigüedad selectiva y 75 a la de concurso oposición, constando el proceso selectivo de las siguientes fases:

1) Calificación previa o concurso; 2) Pruebas de aptitud profesional y 3) Curso de formación profesional.

La Administración ha procedido del siguiente modo: El listado final de escalafonamiento es el resultado de la integración de las puntuaciones finales del concurso oposición y de las puntuaciones finales de la antigüedad selectiva, siendo la nota del baremo tipificada 0,65; la nota del concurso tipificada 0,10 y la nota del curso de formación profesional tipificada, 0,25 para el concurso oposición. Para la antigüedad selectiva, las puntuaciones finales estarán integradas por la nota del baremo tipificada, 0,65 y la nota del curso de formación profesional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR