SAP Burgos 17/2011, 18 de Enero de 2011

PonenteJUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑA
ECLIES:APBU:2011:84
Número de Recurso360/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución17/2011
Fecha de Resolución18 de Enero de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

BURGOS

SENTENCIA: 00017 /2011

SENTENCIA Nº 17

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS

ILMOS/AS. SRES/AS:

PRESIDENTE:

DON JUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑA

MAGISTRADOS/AS:

DON ILDFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA

DON MAURICIO MUÑOZ FERNÁNDEZ

SIENDO PONENTE: DON JUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑA

SOBRE: FORMACIÓN DE INVENTARIO

LUGAR: BURGOS

FECHA: DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL ONCE

En el Rollo de Apelación número 360 de 2010, dimanante de Liquidación Sociedad de Gananciales nº 638/2009, del Juzgado de

Primera Instancia nº 7 de Burgos, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 16 de Abril de 2010, siendo parte, como demandante-apelante, D. Jose Pedro, representado en ese Tribunal por el Procuradora D. Javier Cano Martínez y defendido por el Letrado D. Jesús Barrio Marín; y como demandada-apelada, Dª Apolonia, representada en este Tribunal por la Procuradora Dª Lucia Ruiz Antolín y defendida por la Letrada Dª Ana Garzón Saiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "ACUERDO la disolución de la sociedad económica conyugal formada por los cónyuges D. Jose Pedro y Dª. Apolonia, y liquidar su régimen económico matrimonial correspondiendo el siguiente: ACTIVO. 1.- Vivienda con entrada por el portal numero NUM000 de la CALLE000 . Numero trescientos treinta y tres (333) . Vivienda de la Planta tercera señalada con la letra C. Tiene una superficie construida de OCHENTA Y OCHO METROS SESENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS y útil de SETENTA Y OCHO METROS NO VENTA DECIMETROS CUADRADOS. Se distribuye en: hall de entrada, pasillo distribuidor, salón-comedor, ascensor, y vivienda señalada con la letra D de la misma planta y portal; fondo, vivienda señalada con la letra D de la misma planta del portal NUM001 de la obra; derecha, con patio interior de manzana; izquierda con CALLE000 .- Cuota.- Se le atribuye una cuota de participación en relación con el valor total del edificio del que forma parte del 0,459 por ciento.- 2.-30.- Numero treinta.- Plaza de garaje, señalada con el numero NUM005 en la planta sótano tercero. Tiene una superficie construida de VEINTICUATRO METROS SESENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, y útil de ONCE METROS NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS. Y linda: al frente, con pasillo de circulación; por el fondo, con cuarto trastero señalado con el número NUM002, anejo a esta plaza de garaje; por la derecha, con plaza de garaje señalada con el numero NUM003, y por la izquierda, con plaza de garaje señalada con el numero NUM004 .- Anejo.- Tiene como anejo al trastero señalado con el numero NUM002, situado al fondo de la misma, con una superficie útil de CINCO METROS DOCE DECIMETROS CUADRADOS. Y linda: al frente con plaza de garaje numero NUM005 ; por el fondo con subsuelo de la parcela NUM006 de la misma Unidad de Ejecución y zona ajardinada; por la derecha, con cuarto trastero señalado con el numero NUM007 ; y por la izquierda, con cuarto trastero señalado con el numero NUM008 .- Cuota.- Se le atribuye una cuota de participación en relación con el valor total del edificio del que forma parte del 0,065 por ciento.- 3.- Crédito de la sociedad de gananciales contra D. Jose Pedro por importe de 5.025,38# como consecuencia de la disposición por el Sr. Jose Pedro el 18 de julio de 2008 de la cuenta en Caja Madrid numero NUM009 de titularidad conyugal, de 500# en efectivo y de la transferencia de 4.525,38# a la cuenta NUM010, titularidad del mismo según consta en documento obrante en autos emitido por Caja Madrid, cantidad que deberá ser actualizada desde el 18 de julio de 2008, fecha en la que se realizo el acto de disposición.- 4.- Saldo de la cuenta existente en Caja Burgos número NUM011 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.- PASIVO: 1.- Préstamo hipotecario de ING DIRECT numero NUM012 .- 2.- Crédito a favor de D. Jose Pedro por importe de 20.235,61#, fruto de la herencia de su difunta madre Dª. Marí Luz, dado que es la única cantidad que ha resultado acreditada de la prueba presentada y que ha sido ingresada en la cuenta conjunta de Caja Madrid numero NUM009 con fecha 24/02/2004, sin que dicho ingreso suponga una intención de aportarlo a la sociedad de gananciales. Crédito que deberá ser actualizado a la fecha actual y desde que se ingreso en la sociedad de gananciales".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Jose Pedro, se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a Derecho.

TERCERO

El presente recurso de apelación ha sido deliberado y votado por la Sala en la fecha señalada al efecto el 13 de Enero de 2.011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primero de los motivos de impugnación se refiere a la pretensión de la parte apelante de que se incluya en el activo inventariado un crédito a favor de la sociedad ganancial por importe de 12.000 #, al entender que esa cantidad, extraída de una cuenta ganancial en fecha 29-09-2004, supone un acto de fraude de los derechos del otro consorte (art. 1391 CCv ) o bien una disposición en beneficio excesivo de la demandada (art. 1392 CCv ).

Examinado el contenido de este primer motivo de impugnación no puede compartirse el criterio de la parte apelante en lo relativo a la distribución de la carga de la prueba sobre el destino del dinero objeto de disposición y procedente de una cuenta ganancial. Es cierto que el dinero lo sacó la esposa; ahora bien, ello no supone que tenga la carga de la prueba del destino del dinero, pues el...

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