SAP Pontevedra 955/2011, 7 de Diciembre de 2011
Ponente | EUGENIO FRANCISCO MIGUEZ TABARES |
ECLI | ES:APPO:2011:3103 |
Número de Recurso | 4143/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 955/2011 |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00955/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 de PONTEVEDRA
N01250
C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO
L256AF81
Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387
N.I.G. 36038 37 1 2010 0600501
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0004143 /2010
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de VIGO
Procedimiento de origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0001165 /2002
Apelante: Paloma, Sonia, María del Pilar, Raimundo, Aurelia
Procurador: MARIA FERNANDA PRIETO GONZALEZ
Abogado: ANTONIO SALCEDA DOMINGUEZ
Apelado: GRUPO OITO UN, S.L.
Procurador: MARIA JESUS NOGUEIRA FOS
Abogado: JOSE MANUEL GARCIA SOBRADO
LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JULIO PICATOSTE BOBILLO, Presidente; DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO y DON EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
La siguiente
SENTENCIA núm. 955/11
En Vigo, a siete de diciembre dos mil once.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0001165 /2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de VIGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0004143 /2010, en los que aparece como parte apelante, Dª Paloma, Dª Sonia,Dª María del Pilar,D. Raimundo,Dª Aurelia, representados por el Procurador de los tribunales, Dª. MARIA FERNANDA PRIETO GONZALEZ, asistido por el Letrado D. ANTONIO SALCEDA DOMINGUEZ, y como parte apelada, "GRUPO OITO UN, S.L.", representado por el Procurador de los tribunales, Dª MARIA JESUS NO GUEIRA FOS, asistido por el Letrado D. JOSE MANUEL GARCIA SOBRADO.
Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Vigo, con fecha 1-03-10, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:
"Que debo desestimar y desestimo la impugnación de la tasación de costas formulada por el Procurador de los Tribunales SR. Prieto González en nombre y representación de Raimundo y otros al que debo condenar al abono de las costas de este procedimiento."
Contra dicha Sentencia, por la Procuradora Doña Fernanda Prieto González, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.
Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, para su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo, señalándose para la deliberación del recurso el día 1-12-11.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
En la sentencia dictada en primera instancia se desestimó la impugnación por indebidas de la tasación de costas practicada por la Secretario Judicial. Sin embargo de la mera lectura del escrito de impugnación de la tasación de costas presentado por la parte demandada-reconviniente se constata que la impugnación se basa en el art. 245-2 LEC, indicando en el suplico que se trata de una impugnación por improcedentes y excesivos, aun cuando en las alegaciones segunda y tercera del escrito únicamente se hace referencia al importe excesivo minutado por los profesionales intervinientes, siendo la cuestión de fondo alegada la cuantía del procedimiento, al estimar la parte demandada que en la demanda inicial se fijó el mismo como de cuantía indeterminada. Por el juzgado se consideró que se trataba de una impugnación de honorarios por indebidos y excesivos, por lo que mediante providencia de fecha 30 de noviembre de 2009 se procedió en primer lugar a tramitar la tasación de costas por indebidos, ante lo cual por la actual juzgadora se dictó sentencia resolviendo sobre la impugnación por indebidos.
Tal y como se afirma de forma clara en la STS Sala 1ª, de 6 de octubre de 2009 "esta Sala ha declarado...
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