SAP Murcia 503/2011, 2 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 503/2011 |
Fecha | 02 Noviembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00503/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA Telf : 968229183
Fax : 968229184
Modelo : 001360
N.I.G.: 30030 42 1 2008 0100714
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000264 /2011 Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de MURCIA Procedimiento de origen : DIVISION HERENCIA 0000473 /2008 RECURRENTE : Macarena
Procurador/a : MARIA BELEN HERNANDEZ MORALES
Letrado/a :
RECURRIDO/A :
Procurador/a :
Letrado/a :
J. Murcia nº Uno
Verbal 473/2008
S E N T E N C I A nº 503/2011 Ilmos Sres.
D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Fernando López del Amo González
D. Cayetano Blasco Ramón
Magistrados
En Murcia, a dos de noviembre de dos mil once. Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial la pieza separada de los autos de Juicio Verbal nº 473/2008 que en Primera Instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Uno entre las partes: como actora y apelante Macarena, representada por la Procuradora Sra. Hernández Morales y dirigida por el Letrado Sr. Medina Cepero, y como demandadas y apelantes María Rosario, Alejandra e Teresa, representada por la Procuradora Sra. De Alba y Vega y dirigida por el Letrado Sr/a. Sánchez Torregrosa, y Lorenzo, Martin, Narciso y Pablo, representada por el Procurador Sr/a. Barroso Hoya y dirigida por el Letrado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 22 de julio de 2010 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así:" FALLO : Que desestimando la impugnación planteada por la Procuradora Belén Hernández Morales, en nombre y representación de Macarena, frente Martin, Narciso, Lorenzo y Pablo, representados por la Procuradora Sonsoles Barroso Hoya y frente a Teresa, María Rosario, Narciso representados por la Procuradora Inmaculada De Alba y Vega, en relación con la formación del inventario de la división de herencia 473/08, no ha lugar a incluir en el mismo los derechos derivados de los seguros de vida a los que la controversia se refiere, quedando a salvo derechos de terceros, sin imposición de costas".
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Macarena basándolo en síntesis en que se incluyeran las primas en el in inventario.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a las otras partes, quienes presentaron escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Primera con el nº 264/2011; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 2 de noviembre de 2.011.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
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