SAN, 3 de Noviembre de 2011

PonenteANGEL NOVOA FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2011:4845
Número de Recurso1239/2009

SENTENCIA

Madrid, a tres de noviembre de dos mil once.

Visto el recurso contencioso administrativo que conoce esta Sala de la Audiencia Nacional y que ha promovido DOÑA Antonieta , a través de su representación y defensa, contra la resolución de 2 de marzo de 2009 de la Ministra de Ciencia e Innovación por la que se resuelve declarar la caducidad del procedimiento iniciado por la actora en solicitud de homologación de titulo extranjero de medico especialista, estando la Administración General del Estado representada por el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado, Don ANGEL NOVOA FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El acto administrativo objeto del presente recurso es la resolución de 2 de marzo de 2009 de la Ministra de Ciencia e Innovación por la que se resuelve declarar la caducidad del procedimiento iniciado por la actora en solicitud de homologación de titulo extranjero de medico especialista. Dicha resolución, obrante al folio 16 a 17 del expediente es notificada, el 23 de marzo de 2009.

SEGUNDO

El recurso contencioso administrativo fue presentado ante esta Sala de la Audiencia Nacional donde fue reclamado el expediente administrativo y se dio traslado a la recurrente para que formalizara la demanda en cuyo suplico solicitó que teniendo por presentado este escrito, con sus copias se sirva admitirlo y tenga por formulada en tiempo y forma la demanda en el Recurso Contencioso-Administrativo antes referido, y en virtud de lo expuesto, previo recibimiento del recurso a prueba dicte sentencia por la que revocando el acto recurrido acuerde anular la resolución recaída, dictando sentencia que revoque la referida resolución en el sentido de acordar haber lugar a la homologación del Título extranjero de Especialidad en Pediatría, obtenido por mi patrocinada en Uruguay, por el correspondiente título oficial español al cumplir DOÑA Antonieta , todos los requisitos legal y reglamentariamente establecidos, para su homologación.

TERCERO

Presentada la demanda se le dio traslado de las actuaciones a la representación de la Administración, y en el escrito formulado en su contestación solicitó se dicte sentencia por la que se desestime el presente recurso y se confirme íntegramente la resolución impugnada, por ser conforme a Derecho.

CUARTO

Conclusas las presentes actuaciones, quedaron pendientes del señalamiento y deliberación. Señalado el 2 de noviembre de 2011, en dicho día se votó y falló efectivamente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Procede en primer termino centrar la cuestión litigiosa, ya que ha adelantarse que existe una desviación procesal clara y manifiesta, por cuanto que el acto administrativo impugnado, tal y como se declara en el escrito de interposición del recurso contencioso administrativo es la Resolución de 2 de marzo de 2009 de la Ministra de Ciencia e Innovación por la que se resuelve declarar la caducidad del procedimiento iniciado por la actora en solicitud de homologación de titulo extranjero de medico especialista, mientras que en el suplico de la demanda se solicita que teniendo por presentado este escrito, con sus copias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR