STSJ Comunidad de Madrid 985/2007, 26 de Junio de 2007

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2007:7463
Número de Recurso986/2006
Número de Resolución985/2007
Fecha de Resolución26 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 986/06

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00985/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO nº 986/06

SENTENCIA Nº 985

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

D.ª Mª Jesús Vegas Torres

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

D. José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veintiséis de junio de dos mil siete.

Vistos los autos del recurso número 986/06 que ante esta Sala ha promovido el Procurador Sr. Codes Feijoo, en nombre y representación de D. Fidel, sobre armas. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 5-1-05, acordándose su admisión en fecha 10-1-06 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 3-4-06, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 12-5-06 en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

No admitido el recibimiento a prueba, se oyó a las partes sobre competencia, por auto de fecha 21-9-06 se acordó la inhibición a favor de esta Sala.

QUINTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 21-6-07 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 24-10-05, confirmada en fecha 20-8-06, que denegó al recurrente D. Fidel licencia de armas tipo D.

SEGUNDO

Aplicando el art. 98-1 del RD. 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas, la Administración denegó la licencia por estimar que la tenencia de armas podría suponer una situación de riesgo dado que el solicitante fué denunciado por una mujer de nacionalidad uruguaya, esposa al parecer de un trabajador...

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