SAP Huelva 57/2006, 3 de Marzo de 2006

PonenteFRANCISCO BELLIDO SORIA
ECLIES:APH:2006:173
Número de Recurso34/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución57/2006
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Primera

Nº Procedimiento: Apelación Penal 34/06.

Autos de: Juicio de Faltas 315/2.004

Juzgado de origen: J. Instrucción nº 3 de Ayamonte.

SENTENCIA

En Huelva, a tres de marzo de dos mil seis.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, constituida como Tribunal unipersonal por el Magistrado Ilmo. Sr. D. Francisco Bellido Soria, ha visto en grado de apelación el recurso interpuesto contra la sentencia, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Ayamonte en el juicio de faltas arriba indicado, seguido por lesiones en accidente de circulación, siendo parte apelante Ramón, asistido del Letrado sr. Morón Rubio, siendo parte apelada la Aseguradora Catalana Occidente SA, asistida de la Letrada sra. Marfil Lillo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Instrucción nº. 3 de Ayamonte, con fecha 31 de octubre de 2.005, se dictó sentencia, en las actuaciones a que se contrae el rollo de Sala arriba citado, cuyos hechos probados dicen: "UNICO: Queda probado y así se declara que el día 16 de diciembre de 2.003, en la confluencia de las calles Conde de Vallellano y Avenida Miramar de Isla Cristina se produjo una colisión fronto-lateral entre el vehículo Nissan, matrícula F-....-F, conducido por D. Felix y asegurado en la entidad Catalana de Occidente y el vehículo Ford Sierra, matrícula RI-....-ES, como consecuencia de no haber respetado el denunciado la señal de ceda el paso que le vinculaba al transitar por la calle Conde de Vallellano, como resultado del cual, D. Ramón sufrió lesiones y secuelas en los términos que se recogen en los informes emitidos por el Médico Forense, constando todo ello en las actuaciones". Termina la citada resolución con la parte dispositiva siguiente: Fallo. "Debo CONDENAR Y CONDENO A DON Felix, como autor de una falta de lesiones del art. 621.3 del C.P. a la pena de QUINCE DÍAS DE MULTA a razón de 1.20 EUROS/DÍA con siete días de privación de libertad de resultar insolvente y a que indemnice a don Ramón en la cantidad de 6.342,10 euros, con responsabilidad civil directa de la Compañía Aseguradora Catalana Occidente, así como al pago de las costas procesales."

TERCERO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por el perjudicado, que fue admitido en ambos efectos y dado traslado a las demás partes fueron remitidos los autos originales a esta Ilma. Audiencia Provincial.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la resolución apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el denunciante-perjudicado, contra la sentencia dictada en primera instancia en tres cuestiones: 1ª. Los días de baja no son los que afirma el Médico Forense sino los que resultan de la documentación emitida por la Seguridad Social, que es objetiva y no actúa a instancia de parte.

  1. El baremo aplicable será el de la fecha de la sentencia al ser deuda de valor y no la de la fecha del accidente aunque sea criterio de la Audiencia Provincial de Huelva y ello por cuanto que han trascurrido prácticamente dos años desde el accidente hasta el dictado de dicha resolución.

  2. Deben abonarse los perjuicios no contemplado en la sentencia derivados del accidente ascentes a 1.671,10 euros.

La aseguradora apelada impugna el recurso y solicita la confirmación de la sentencia, afirmando que no concurren en este caso los requisitos que establece el TS para cambiar las conclusiones de la sentencia a través de la apreciación de la prueba pericial, en este caso los...

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