SAP Tarragona 275/2007, 25 de Julio de 2007

PonenteSERGIO NASARRE AZNAR
ECLIES:APT:2007:1024
Número de Recurso239/2007
Número de Resolución275/2007
Fecha de Resolución25 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

ROLLO NUM. 239/2007

DIVORCIO NUM. 271/2006

AMPOSTA NUM. DOS

S E N T E N C I A NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

D. José Luis Portugal Sainz

D. Sergio Nasarre Aznar

En la ciudad de Tarragona, a 25 de julio de 2007.

Visto ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por DÑA. Esther representado en la instancia por el Procurador Dña. Magdalena Sancho Balada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Amposta, en fecha de 19-12-2006, en autos de juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO número 271/06 en los que figura como demandante DÑA. Esther y como demandado D. Romeo.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la Sentencia recurrida, y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Decretar la disolución por divorcio del matrimonio contraído entra Dª Esther y D. Romeo el 15 de mayo de 1977 en Mas de Barberans. Como efectos del divorcio se acuerdan las siguientes medidas. -La guarda y custodia de los hijos menores de edad, Laura y Sergio, se atribuye a D. Romeo, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores. No se fija régimen de visitas atendiendo a la edad de los menores, siendo ellos los que determinarán la comunicación con sus padres. -Se atribuye el uso del domicilio familiar a los hijos, en compañía de su padre, D. Romeo. No procede hacer imposición de costas".

SEGUNDO

Que contra la mencionada sentencia se solicitó la preparación de la apelación y, evacuado ese trámite, se interpuso recurso de apelación por la parte ACTORA sobre la base de las alegaciones que son de ver en el escrito de alegaciones presentado.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formulen oposición al recurso o impugnación de la sentencia apelada, por la parte DEMANDADA se interesa la confirmación de la sentencia apelada.

VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Sergio Nasarre Aznar.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte recurrente alega como motivos del recurso los siguientes: 1. Improcedencia de la atribución de guarda y custodia de los hijos al padre, puesto que hasta la fecha la madre y la abuela paterna se han encargado del cuidado de los hijos sin que quepa desamparo y que tienen ingresos propios desde los 16 años; 2. Incompatibilidad de atribuir el uso de la vivienda familiar al padre porque está en usufructo a favor de la abuela materna, tras haberla ésta donado a la hija. Que la atribución del uso al padre no es correcta porque la apelante no tiene otras viviendas en las que residir ya que están en usufructo de la madre o necesitan reformas y que el Sr. Romeo sí dispone de otras viviendas; por todo ello considera que ha habido error en la apreciación y valoración de las pruebas. Por ello pide la guarda y custodia de los hijos y, en consecuencia, la atribución del uso de la vivienda familiar y, subsidiariamente, que se limite el tiempo de atribución del uso del padre hasta la mayoría de edad de los hijos. A todo ello se opone la apelada, entendiendo que la obligación de alimentos hay que entenderlo en sentido más amplio y más allá de la mayoría de edad de los...

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