STSJ Comunidad de Madrid 2109/2006, 12 de Diciembre de 2006
Ponente | FRANCISCO GERARDO MARTINEZ TRISTAN |
ECLI | ES:TSJM:2006:18369 |
Número de Recurso | 435/2006 |
Número de Resolución | 2109/2006 |
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 02109/2006
RECURSO DE APELACIÓN Nº 435/2.006
SENTENCIA Nº 2.109
PONENTE: Sr. MARTÍNEZ TRISTÁN.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
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Ilustrísimos Señores:
Presidente:
D. Gerardo Martínez Tristán
Magistrados:
D. Juan F López de Hontanar Sánchez
Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Miguel Ángel García Alonso
D. Francisco Javier Canabal Conejos
Dª. Sandra González de Lara Mingo
D. Marcial Viñoly Palop
En Madrid, a doce de diciembre de dos mil seis.
Vistos los autos del recurso de apelación número 435/06 que ante esta Sala ha promovido Dª. Mercedes, representada por el Procurador de los Tribunales D. Leonardo Ruiz Benito, contra la sentencia nº. 433/2005, de 15 de diciembre de dos mil cinco, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 11 de Madrid, dictada en el procedimiento ordinario 7/2005. Han sido partes apeladas el Ayuntamiento de Las Rozas (Madrid) y MAPFRE Industrial S.A.S, representados respectivamente por los Procuradores de los Tribunales Dª. María Luisa Aguiar Merino y D. Federico Ruipérez Palomino.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas (Madrid), en resolución de 26 de octubre de 2004, desestimó la reclamación presentada por Dª. Mercedes de indemnización por los daños y perjuicios sufridos por una caida en la calle Ronda de la Plazuela.
Frente a esta resolución, la Sra. Mercedes interpuso recurso contencioso administrativo, que fue tramitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 11 de Madrid, en el Procedimiento Ordinario 7/2005, en el que recayó sentencia con fecha 15 de diciembre de 2.005, por la que se desestimó el recurso interpuesto.
Frente a la anterior sentencia se ha interpuesto el presente recurso de apelación en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para votación y fallo el día 12 de diciembre de dos mil seis, fecha en la que ha tenido lugar.
Es PONENTE de esta Sentencia el Presidente de la Sala D. Gerardo Martínez Tristán, quien expresa el parecer de la misma.
Es objeto de este recurso de apelación la sentencia nº. 433/2005, de 15 de diciembre de 2005, del Juzgado de lo Contencioso administrativo nº. 11 de Madrid, dictada en el procedimiento ordinario nº. 7/2005, por la que se desestimó el recurso interpuesto por Dª. Mercedes contra la decisión administrativa reseñada.
Esta sentencia, tras exponer ampliamente los fundamentos legales, doctrinales y jurisprudenciales del instituto de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, llegó a la conclusión de que no existía prueba alguna de cómo y porqué se produjo la caída que dio lugar a las lesiones, cuya indemnización se pretende, descartando, por tanto, la existencia de nexo causal entre el funcionamiento de los servicios públicos locales y las lesiones producidas. Para llegar a tal conclusión, analizó pormenorizadamente las pruebas practicadas y argumentó, también de manera exhaustiva, la valoración de la prueba, todo ello desde una perspectiva inmejorable, dado el principio de inmediación.
Pues bien, el recurso de apelación, deducido por la representación de la Sra. Mercedes, amen de impugnar, sin éxito (como se dirá), el ejercicio de las funciones jurisdiccionales por la Juez sustituta que dictó la sentencia, pretende arrumbar tal valoración de la prueba, rechazando la inadmisión de determinados medios de prueba, acordada por el Órgano Judicial "a quo", solicitando su práctica en esta segunda instancia, y entendiendo que en el expediente administrativo hay prueba de que la caída de la recurrente apelante, causante de las lesiones por...
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