SAP Madrid 149/2007, 20 de Abril de 2007

PonenteARACELI PERDICES LOPEZ
ECLIES:APM:2007:5863
Número de Recurso155/2007
Número de Resolución149/2007
Fecha de Resolución20 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00149/2007

Rollo de apelación número 155/2007

Juicio de Faltas número 610/2006

Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION PRIMERA

S E N T E N CI A Nº 149/07

En Madrid, a 20 de abril de 2007

La Ilma. Sra. Dª Araceli Perdices López, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Primera, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º de la L.O.P.J., ha visto el presente recurso de apelación de juicio de faltas número 610/2006 del Juzgado de Instrucción número 36 de Madrid, en el que han sido parte como apelante D. Isidro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el indicado juicio de faltas se dictó sentencia el día 29 de noviembre de 2006 con el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Isidro como autor de una falta contra los intereses generales del artículo 631.1 del Código Penal, a la pena de multa de veinticinco días, a razón de 10 euros por día, con aplicación del artículo 53 del mismo, y a que indemnice a Cristobal, en nombre de su hijo menor Miguel Ángel, por los daños de la camiseta, en la cantidad que resulte en ejecución de sentencia, y a las costas procesales.

La multa se hará efectiva, mediante dos pagos, debiendo comparecer a tal fin el condenado el día que se señale para hacer efectivo el importe de las cuotas vencidas, con el apercibimiento de que el incumplimiento de la obligación de pago dará lugar automáticamente a que se ejecute, al final del tiempo de duración de la pena, la privación de libertad prevista como responsabilidad personal subsidiaria en la parte dispositiva de esta sentencia."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Isidro, que fue admitido a trámite, dándose traslado por diez días al resto de las partes con el resultado que obra en autos, tras lo que se remitieron las actuaciones a esta Sección.

Se dan modifican los de la sentencia de instancia, por los siguientes:

Con fecha de 3 de junio de 2006 Cristobal denunció que su hijo Miguel Ángel, de 12 de años de edad, había sido atacado por un perro pastor alemán propiedad de Isidro cuando lo tenía suelto y sin bozal en la calle a la altura del nº 11 de la calle Centenera nº 11 de Madrid, lo cual no ha quedado debidamente acreditado que ocurriera.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la sentencia que condena al apelante como autor de una falta del art. 631.1 del CP, al considerarse que no solo no han quedado acreditados los hechos relatados por los padres del menor, que reconocieron no estar presentes cuando supuestamente la perra atacó al menor, sino que se han aportado pruebas suficientes de que los hechos ocurrieron de otra forma.

La sentencia declara probado que cuando el menor se encontraba paseando a su perro por la calle Centenera fue atacado por el pastor alemán del denunciado que se encontraba suelto y sin bozal.

Pese a que el niño tiene 12 años de edad, ya que nació el 1 de mayo de 1994, el mismo no fue oído en el juicio, habiendo declarado solo sus padres que expusieron lo que aquel les contó, ya que en ese incidente no estuvieron presentes, a diferencia de lo acontecido en otro posterior en el que si lo habrían estado, pero que la Juzgadora no ha considerado suficientemente acreditado. La condena se ha sustentado pues en un testimonio indirecto, como es el de referencia.

En relación a este tipo de testimonio y su aptitud para sustituir el testimonio directo de un menor hemos de traer a colación la doctrina recogida en la STS de 14 de marzo de 2006, relativa precisamente a un supuesto en que una menor víctima que ni estaba enferma, ni incapacitada para acudir al juicio, y que contaba con raciocinio suficiente para comparecer en él, no fue oída por el Tribunal de instancia, sustituyéndose su testimonio por el de referencia, ante lo que el Alto Tribunal caso la sentencia de instancia y dictó una nueva absolutoria.

Señala esta resolución que "la validez probatoria del...

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