STSJ Galicia 1565/2006, 15 de Noviembre de 2006
Ponente | FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA |
ECLI | ES:TSJGAL:2006:7021 |
Número de Recurso | 374/2006 |
Número de Resolución | 1565/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Apelación nº 374/06
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 01565/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
APELACIÓN Nº 374/06
SENTENCIA Nº 1565
Ilmos. Sres:
Presidente:
D. Alfredo Roldán Herrero
Magistrados:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. Mª Jesús Vegas Torres
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
En Madrid, a quince de noviembre de dos mil seis
La Sala, integrada por los Sres. del margen, ha visto el presente recurso de apelación nº 374/06 interpuesto por la Letrada Dª María Esperanza Muñoz Pérez, en representación de D. Héctor, contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 20 de Madrid en los autos nº 328/06, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, sobre denegación de entrada.
Con fecha 10-4-06 y por el Juzgado se dictó auto cuya parte dispositiva dice: Se declara terminado el procedimiento.
Con fecha 18-4-06, y por la Letrada Dª Mª Esperanza Muñoz Pérez, se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba la retroacción del procedimiento a momento anterior al auto recurrido.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la parte apelada para que formulara oposición suplicando la desestimación del recurso.
Recibidos los autos en esta Sala, se señaló para la votación y fallo el día 14-11-2006, en que se efectuó.
Es Ponente el Sr. Magistrado D. Francisco Javier Sancho Cuesta.
Con fecha 13-1-06 se dictó auto desestimatorio del recurso de súplica interpuesto frente al auto de 4-11-05 y se acordó emplazar a las partes por 30 días ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. Dicho auto se notificó el 3-2-06. El 6-2-06 se anunció la interposición de recurso de casación y por auto de 13-2-06 se acordó su no admisión a trámite. Interpuesto recurso de queja el 3-3-06, por auto del Tribunal Supremo de 3-7-06, se desestimó el recurso en base a doctrina reiterada de esa Sala.
Se alega por el apelante que se ha de esperar hasta que sea admitido o inadmitido el recurso de queja y, en su caso, una vez inadmitido, poder formalizar el recurso ante el Juzgado.
El auto dictado el 13-1-06 emplazó a las partes para que en plazo de 30 días comparecieran ante...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba