STSJ Comunidad de Madrid 786/2006, 28 de Junio de 2006
Ponente | INES MARIA HUERTA GARICANO |
ECLI | ES:TSJM:2006:17726 |
Número de Recurso | 183/2006 |
Número de Resolución | 786/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 00786/2006
SENTENCIA Nº 786
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veintiocho de junio de dos mil seis.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 183/06, interpuesto por el Procurador D. Alfonso Rodríguez García, en representación de D. Luis Pedro, contra el Auto dictado -el 12 del pasado mes de enero- por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 27 de esta Capital, por el que se inadmite -por inexistencia de acto administrativo recurrible- contra la inactividad de la Administración por no declarar la caducidad y archivo de un expediente de expulsión incoado el 23 de abril de 2005.
Ha sido parte apelada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
La Letrada directora del recurso, en representación no acreditada de D. Luis Pedro, en escrito presentado en el Decanato -sede de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital-, turnado al nº 27, que lo registró como P.A. nº 689/05, interpuso recurso contencioso-administrativo, mediante la formalización de la oportuna demanda, contra la inactividad de la Administración en la tramitación del expediente de expulsión incoado por Acuerdo de 23 de abril de 2005, suplicando el dictado de Sentencia por la que se declare la caducidad y archivo del procedimiento.
El Juzgado, oído el Abogado del Estado dictó Auto por el que, con apoyo en la STS (Sección 5ª) de 13 de mayo de 2005, inadmitía el recurso por inexistencia de actividad impugnable.
Interpuesto recurso de apelación, fue admitido a tramite en Providencia de 25 de enero del corriente e impugnado por el Abogado del Estado, elevándose los autos, con entrada en esta Sección Octava el 7 de marzo, ante la que se ha personado en forma el apelante.
Para votación y fallo del presente recurso, se señaló la audiencia del día 27 de junio de 2006, teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta...
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