SAP Madrid 240/2007, 31 de Mayo de 2007

PonenteARACELI PERDICES LOPEZ
ECLIES:APM:2007:4202
Número de Recurso196/2007
Número de Resolución240/2007
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00240/2007

Rollo número 196/2007

Procedimiento Abreviado número 250/2006

Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION PRIMERA

MAGISTRADOS

Ilmos Señores:

Don Francisco Vieira Morante

Doña Olatz Aizpurua Biurrarena

Doña Araceli Perdices López

S E N T E N C I A Nº 240/07

En Madrid, a 31 de mayo de 2007

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los Magistrados mas arriba indicados, ha visto los presentes autos seguidos con el número 196/2007 de rollo de Sala, correspondientes al procedimiento abreviado número 250/2006 del Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid, por un presunto delito intentado de robo con fuerza, en el que ha sido parte como apelante D. Roberto y como apelado el Ministerio Fiscal, actuando como ponente la Ilma. Sra. Dª Araceli Perdices López, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia el día 6 de noviembre de 2006, con el siguiente fallo:

" Que debo de condenar y condeno a Roberto, como autor responsable criminalmente de un delito de Robo con Fuerza en las Cosas prevenido en el art. 237, 238-2º y 240 en grado de tentativa de los artículos 16 y 62 del Código Penal, con la concurrencia de la agravante de reincidencia del artículo 22,8 de dicho texto legal, imponiéndole la pena de 9 meses y un día de prisión y la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, y con expresa imposición de las costas procesales. Acordando el comiso del destornillador intervenido".

SEGUNDO

Notificada la sentencia, interpuso contra ella recurso de apelación la representación procesal de D. Roberto que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo por diez días al Ministerio Fiscal que lo impugnó, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala, sin que se haya considerado necesaria la celebración de vista.

Se dan por reproducidos los de la sentencia de instancia que se aceptan en su integridad, con el siguiente añadido:

" Roberto tenía levemente afectada su capacidad volitiva al tiempo de los hechos a causa de su politoxicomanía, habiendo realizado aquellos con la finalidad de obtener sustancias estupefacientes"

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se funda el recurso contra la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2006 por el Juzgado de los Penal nº 18 de Madrid en la existencia de un error en la valoración de la prueba, al no haberse apreciado ninguna atenuación de la responsabilidad penal a pesar del informe del SAJIAD en el que deja constancia de que el acusado dio positivo al consumo de cocaína, cannabis, opiáceos y benzodiacepinas, solicitándose de forma un tanto confusa en unas ocasiones que se aprecie la atenuante del art. 21.2 y en otras la eximente incompleta del art. 21.1 del CP, y en el suplico la absolución, o subsidiariamente que se imponga una pena de...

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