SAP Cádiz 411/2006, 7 de Diciembre de 2006

PonenteIGNACIO RODRIGUEZ BERMUDEZ DE CASTRO
ECLIES:APCA:2006:2234
Número de Recurso15/2006
Número de Resolución411/2006
Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Octava

S E N T E N C I A Nº 411

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª. LOURDES MARIN FERNANDEZ

MAGISTRADOS:

D. IGNACIO RODRIGUEZ BERMUDEZ DE CASTRO

Dª. CARMEN GONZALEZ CASTRILLON

PROCEDIMIENTO ABREVIADO: 15/06-MJ

Diligencias Previas 544/02, Arcos nº 2

En la Ciudad de Jerez de la Frontera, a siete de Diciembre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el Procedimiento Abreviado 15/06, dimanante de las Diligencias Previas 544/02 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 2 de Arcos de la Frontera, por supuestos delitos de detención ilegal y de omisión del deber de socorro, contra Jorge, nacido en Madrid el 27 de Noviembre de 1.959, hijo de Manuel y de Josefa, con domicilio en el cuartel de la Guardia Civil de Olvera y con Documento Nacional de Identidad núm. NUM000, sin antecedentes penales; contra Tomás, nacido en Málaga el 14 de Septiembre de 1961, hijo de Cristóbal e Isabel, con domicilio en Calle DIRECCION000, NUM001, Bloque NUM002, Escalera NUM002, NUM002 de Málaga, con Documento Nacional de Identidad núm. NUM003, sin antecedentes penales; contra Ernesto, nacido en Arcos de la frontera el 9 de Abril de 1968, hijo de José y de Rosario, con domicilio en la Jefatura de la Policía Local de Arcos, con Documento Nacional de Identidad núm. NUM004, sin antecedentes penales; contra Rogelio, nacido en Valdegovia el 29 de Abril de 1942, hijo de Mariano y Carmen, con mismo domicilio que el anterior, con Documento Nacional de Identidad NUM005, sin antecedentes penales; contra Irene, nacida en Arcos de la Frontera el 3 de Octubre de 1973, hija de Emilio y Carmen, con mismo domicilio que los anteriores, con Documento nacional de Identidad NUM006, sin antecedentes penales; contra Benito, nacido en Arcos de la Frontera el 15 de Septiembre de 1943, hijo de Aurelio y Ana María, con mismo domicilio que los anteriores, con Documento Nacional de Identidad NUM007, sin antecedentes peanles; habiendo sido partes el MINISTERIO FISCAL, representado por el Ilmo. Sr. D. José Rabadán Bujalance, y los mencionados acusados, representados respectivamente por los Procuradores D. Rafael Marín Benítez, Dª. Leticia Calderón Naval y D. Leonardo Medina Martín y defendidos respectivamente por los Letrados D. Antonio Jiménez Cordero, Dª. Trinidad Cáliz Hurtado y D. Manuel Hortas Nieto; habiendo ejercido la acusación particular D. Ricardo y Dª. Emilia, representados por el Procurador D. Manuel Agarrado Luna y defendidos por el Letrado D. Manuel Baena Bocanegra; y como responsables civiles el ESTADO ESPAÑOL, representado y asistido del letrado D. Antonio Jiménez Cordero, el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OLVERA, representado y asistido del letrado de la Diputación Provincial de Cádiz D. Francisco Javier Cano Leal, y el EXCMO AYUNTAMIENMTO DE ARCOS DE LA FRONTERA, representado y asistido del Letrado D. Jesús Rodríguez Gómez.

.-ANTECEDENTES DE HECHO-.

PRIMERO

Con fecha catorce a diecisiete de Noviembre de dos mil seis, ha tenido lugar en esta Sala la vista en juicio oral y público, de las causa antes descrita; al acto de la vista asistieron el acusado y los testigos propuestos y no renunciados por las partes, habiendo quedado recogidas las declaraciones en el acta del juicio que obra unida a los autos.

SEGUNDO

En trámite de conclusiones definitivas, el Ministerio Fiscal interesó la absolución de los acusados, mientras que la acusación particular interesó la condena de Tomás y Jorge como autores de un delito de detención ilegal y otro de omisión del deber de socorro, y la condena de Ernesto, Rogelio, Irene y Benito como autores de un delito de omisión del deber de socorro.

TERCERO

Las defensas de los acusados, en igual trámite, solicitaron la libre absolución de éstos.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO RODRIGUEZ BERMUDEZ DE CASTRO, quien expresa el parecer del Tribunal.

Queda probado y así se declara expresamente, que en la mañana del día 9 de Septiembre de 2002, sobre las 9,30 horas, Salvador se personó en el Instituto de Enseñanza Secundaria "Sierra de Lijar" de la ciudad de Olvera, en el que era profesor interino, a fin de entrevistarse con el Director del centro, Jesus Miguel, y tras entrar en el despacho, le dijo que quería la tutoría de Sara, una menor gravemente enferma y de la que había sido anteriormente tutor, diciéndole el Sr. Jesus Miguel que esperara a que llegara la jefa de estudios. El Sr. Salvador se fue y al poco tiempo vuelve al Instituto, dirigiéndose hacia el mismo despacho, en el que el Sr. Jesus Miguel ya se encontraba reunido con la jefa de estudios, Laura, y les dijo a ambos, en un tono exigente, que en el curso que se iniciaba se le tenía que dar la referida tutoría de la menor y que les daba un tiempo para que se pusieran de acuerdo. El Sr. Salvador hace un amago de salir del despacho pero le dice al Sr. Jesus Miguel que quiere hablar con él a solas, por lo que sale del despacho Laura, quien queda a la espera en el pasillo. Acto seguido, Salvador se sienta enfrente de Ricardo, con la mesa de por medio, se quita las gafas y cogiendo por la solapa a aquél le dice "mírame que estás viendo por primera vez a un hombre", al tiempo que mencionaba a Dios y le daba un cabezazo en la nariz al Sr. Jesus Miguel, haciéndole sangrar profusamente, tras lo cual este, asustado por tal actitud, le manifiesta que le daba la tutoría. Salvador le da la mano a continuación a Jesus Miguel, rodea la mesa, se dirige a éste y cogiéndole por detrás le da un fuerte abrazo dando las gracias, intentando desasirse Jesus Miguel, quien sentía que se ahogaba, no consiguiéndolo dada la fuerza con la que lo tenía cogido Salvador.

Salvador en un determinado momento, suelta a Jesus Miguel, pero lo coge por el brazo y le hace salir con él al pasillo, donde se encontraba Laura en compañía de Maite, profesora del centro y al mismo tiempo secretaria del mismo, quedando ambas impresionadas ante el hecho de que Jesus Miguel sangrara de forma aparatosa y presentara un color blanquecino y sin poder apenas respirar, manifestando Salvador que era lo mejor que podía haber pasado. Salvador se fue y ambas mujeres, asustadas e impactadas, hicieran una pequeña cura a Jesus Miguel, tapándole la nariz y llamando Jesus Miguel a la Policía Local de Olvera comunicándole lo ocurrido y que quería poner una denuncia.

A raíz de la llamada s personas en el Instituto los agentes de la Policía Local Everardo, con número de agente NUM008, y Millán, con número de agente NUM009, a quienes el Sr. Jesus Miguel les contó con mas detalle lo sucedido, ofreciéndole los agentes el llevarlo al centro de salud, rechazando el herido la oferta toda vez que su compañera Maite se había ofrecido ya a llevarlo al centro de salud, al que se dirigieron. Los agentes llamaron a su jefe, el acusado Tomás, mayor de edad y sin antecedentes penales, por teléfono contándole lo ocurrido, ordenándoles este que lo recogieran y fueran con él al referido centro de salud. En el referido centro, el doctor Juan Enrique. Atendió al lesionado, a quien vio nervioso y asustado, procediendo a reiterarle los tapones que le habían puesto al lesionado para cortar el sangrado y haciéndole una radiografía, tras lo cual emitió un parte en el que literalmente hace constar " erosiones en tórax (región anterior infraclavicular derecha y dorsal) y contusiones en región nasal con epistaxis. Dolor en región costal (parilla costal y región de apéndice xifoideo" calificando el pronostico de reservado ya que se debía estar a al espera de si mejoraba o empeoraba, para lo cual además le dijo que debía ir a un especialista en traumatología, cosa que hizo el lesionado ese mismo día por la tarde, cuando se trasladó a la ciudad de Sevilla, donde fue atendido por el Dr. Gustavo, quien detectó lesión cartilaginosa de tipo contusión y microfracturas.

Los agentes citados en compañía del acusado Tomás llegan al centro de salud y el acusado se entrevista con el agredido, quien resultaba además ser su superior al ser concejal de policía y tráfico de Olvera, así como con el médico que lo atendió, quien le hizo entrega de copia del parte médico, llegando en ese momento el agente Everardo comunicándole que el presunto agresor había ido otra vez al Instituto, toda vez que había llamado Laura manifestando que Salvador había vuelto y los profesores se habían tenido que encerrar; y ello ya que el conserje del Instituto, Adolfo, le había comunicado que Salvador había vuelto, lo que provocó, dado el estado de miedo en que se encontraba, que procediera Laura a encerrarse en su despacho. Los agentes y el acusado Tomás ante tal situación se dirigieron hacia el referido Instituto y en el exterior del mismo encontraron a Salvador, quien les dijo "¿venís por mi?" "yo asumo mi responsabilidad", por lo que tras leerle sus derechos, lo detuvieron, preguntándole si quería que lo llevaran al médico Salvador dijo que no. Lo trasladaron al cuartel de la Guardia civil, habiendo comunicado tal circunstancia ya al jefe del puesto, el acusado Jorge, Sargento de la Guardia civil, mayor de edad y sin antecedentes penales.

El detenido llega al cuartel sobre las 10,45 horas, pasando ya a disposición de la Guardia civil, siéndole leídos otra vez sus derechos, y siendo avisado el abogado de guardia, quien resultó ser Dª. Gabriela, ante quien se le leen otra vez al detenido los derechos sobre las 15,35 horas. Sobre las 12,30 horas se había participado telefónicamente la detención y diligencias practicadas al Juzgado número Dos de Arcos de la Frontera, que se encontraba de guardia, cuya titular sobre 13,28 horas comunica que se proceda al traslado del detenido al Depósito carcelario de Arcos de la Frontera una vez concluidas las diligencias. La letrada que asistió al detenido comunicó a la madre de este y a Adolfo, quienes se habían ido a...

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