Decreto 34/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la creación de los Centros de Educación Obligatoria.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 34/2002, de 28 de febrero, por el que se regula la creación de los Centros de Educación Obligatoria.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), establece que la educación es un derecho de carácter social que requiere de los poderes públicos la toma de decisiones que permitan desarrollar el principio constitucional de igualdad en el acceso de todos los ciudadanos a la educación, evitando las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole.

Configurado el sistema educativo español en la LOGSE, que incluye la escolarización obligatoria desde los 6 hasta los 16 años de forma universal y gratuita, se hace necesario desarrollar una política de adecuación de las infraestructuras que permitan dar cumplida cuenta del mandato legal.

La peculiar configuración demográfica de Castilla y León, la dispersión geográfica propia del medio rural y la necesidad de conjugar la obligatoriedad de la extensión de la educación obligatoria con la impartición de una enseñanza de calidad como forma de compensar las posibles desigualdades de los núcleos rurales en el acceso a la educación y a la cultura, obliga a las administraciones educativas a adoptar las necesarias medidas para evitar el desequilibrio entre la oferta educativa en el medio rural y urbano. A tal fin, resulta necesario adecuar la red de centros existentes, tanto su tipología como su ubicación, a estas exigencias.

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, determina en su artículo 11.1, la tipología de los centros en función de las enseñanzas que imparten. El apartado 2 del mismo artículo, modificado por la disposición adicional sexta de la LOGSE, prevé la posibilidad de adaptación reglamentaria de lo preceptuado en la norma general a los centros...

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