SAP Barcelona 38/2009, 22 de Diciembre de 2009

PonenteJESUS MARIA BARRIENTOS PACHO
Número de Recurso9/2009
ProcedimientoPENAL - JURADO
Número de Resolución38/2009
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona - Tribunal Jurado

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Tribunal del Jurado

Causa de Jurado nº 9/2009

Juzg. de instrucción nº 22 de Barcelona

Procedimiento L. O. 5/1995 nº 1/08

El Ilmo. Sr. Don Jesús María Barrientos Pacho, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Presidente del Tribunal de Jurado

constituido para el enjuiciamiento de la causa identificada al margen, ha dictado la siguiente

SENTENCIA nº 38/09

En la ciudad de Barcelona, a veintidós de diciembre de dos mil nueve.

VISTA, en juicio oral y público, por el Tribunal de Jurado de esta Audiencia Provincial de Barcelona, la causa penal registrada con el número 09/2009, dimanante del procedimiento del Tribunal de Jurado 1/2008 del Juzgado de Instrucción número 22 de Barcelona, seguido por un delito de asesinato, contra el acusado Ezequias , quien también utiliza el nombre de Justo , nacido en Brasil el día 5 de noviembre de 1977, sin documentación acreditada, sin domicilio conocido en España; cuya profesión y solvencia tampoco constan; sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa desde el día 21 de mayo de 2008; representado por el procurador Don Román Villalba Rodríguez y defendido por el letrado Don Carles Abarca Olivé; siendo parte acusadora particular Rubén , Marcelina , Marco Antonio Y Blas , quienes comparecieron con la representación de la Procuradora Doña Carmen Rami Villar y la dirección letrada de Don Aleix Canals Compan. Ha sido también parte el MINISTERIO FISCAL, en ejercicio de la acción pública, y en su nombre la Ilma. Sra. Doña Elena Contreras Galindo.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El presente Rollo, registrado con el número 09/2009 en la Oficina del Jurado de esta Audiencia Provincial, se incoó a remisión del Juzgado de Instrucción 22 de Barcelona, en el que se tramitó el correspondiente procedimiento para ante el Tribunal del Jurado con el número 1/2008. Dictado en aquella causa Auto de apertura del juicio oral, resultaron emplazadas las partes ante esta Audiencia, con remisión de los particulares dispuestos por el instructor. Ya en esta Audiencia, designado Magistrado Presidente del Tribunal, se dictó Auto de Hechos Justiciables, en el que se señalaba el día 14 de diciembre del año en curso como fecha de inicio de las sesiones del juicio oral. En el ínterin de este período se han cumplimentado los trámites previstos en los artículos 18 y siguientes de la L.O.T.J., de designación por sorteo de los 36 candidatos a jurados para esta causa, citación de los mismos, devolución de los cuestionarios, recusación por las partes personadas y resolución de las excusas planteadas, la que tuvo lugar en la audiencia celebrada el pasado día 10 de este mismo mes.

SEGUNDO.- En la hora y día señalados para el inicio de las sesiones, se procedió a la constitución formal del Tribunal del Jurado, con la asistencia de todas las partes, siguiendo los trámites establecidos en los artículos 38 y siguientes de la L.O.T.J ., hasta concluir con la selección de los nueve integrantes del Tribunal y dos más como suplentes, quienes prestaron juramento o promesa en los términos exigidos en el artículo 41 de la L.O.T.J . En el curso de las sesiones, y hasta la lectura final del veredicto alcanzado no se constató incidencia alguna en la configuración del Tribunal.

TERCERO.- Seguidamente se inició la sesión del juicio oral, en audiencia pública, con las formalidades previstas en la L.E.Crim. y las especificidades introducidas por la L.O.T.J., llevando a dicho plenario la totalidad de la prueba propuesta por las partes y admitidas, sin que en su desarrollo hubiere tenido lugar incidencia de tipo alguno.

CUARTO.- Ya en el trámite de conclusiones definitivas, el Ministerio Fiscal calificó la conducta que atribuía al acusado como constitutiva de un delito de asesinato, previsto y penado en el artículo 139.1º del Código Penal , del que consideró autor material al acusado Ezequias , en quien no apreció concurrentes circunstancias modificativas de la responsabilidad penal y para quien interesó unas penas de dieciocho años de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta por igual tiempo, y también a que indemnizara a los padres de la finada en 120.000 euros y cada uno de sus dos hermanos en 50.000 euros. En el mismo trámite de conclusiones definitivas, la acusación particular personada elevó también a definitivas las conclusiones que había formulado antes como provisionales, en las que había ya calificado los hechos en los mismos términos en los que lo había hecho el Ministerio Fiscal y había atribuido también la autoría al acusado, para quien interesó una pena de veinte años de prisión, y una indemnización coincidente también con la reclamada por el Fiscal.

QUINTO.- En el mismo trámite, la defensa del acusado interesó la libre absolución de su defendido, al negar su intervención en la producción de la muerte de Bibiana .

Seguidamente, las partes procesales acusadoras y defensora informaron oralmente ante los miembros del Tribunal del Jurado, por su orden, en apoyo de sus respectivas tesis, y oído por último el referido acusado, quedaron los autos vistos para someter al Jurado el Objeto del Veredicto.

SEXTO.- Para la obtención del veredicto, fue convocada la audiencia de las partes prevista en el artículo 53 de la L.O.T.J ., y posteriormente entregado a los miembros del Jurado escrito conteniendo el Objeto del Veredicto, al tiempo que les fueron dirigidas las instrucciones que se previenen en el artículo 54 de la mentada L.O.. Alcanzado el veredicto, su lectura tuvo lugar en los términos que previene el artículo 62 , y dado su contenido de no culpabilidad referida al acusado y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Cataluña 19/2010, 6 de Julio de 2010
    • España
    • July 6, 2010
    ...dictada en fecha 22 de diciembre de 2009 por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Barcelona, recaída en el Procedimiento núm. 9/09 del indicado Tribunal del Jurado, derivado de la Causa de Jurado núm. 1/08 del Juzgado de Instrucción núm. 22 de Barcelona. Ha sido parte apelad......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR