STSJ Comunidad de Madrid 1383/2004, 22 de Noviembre de 2004
Ponente | IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER |
ECLI | ES:TSJM:2004:17679 |
Número de Recurso | 3810/2004 |
Número de Resolución | 1383/2004 |
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Social |
JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO JOSEFINA TRIGUERO AGUDO IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
RSU 0003810/2004
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 01383/2004
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO SOCIAL
MADRID
Sección Tercera
Secretaría Sr. Fariñas Matoni
Recurso nº 3810/04
Sentencia nº 1383/04
C.M.
Ilmo.Sr.D. JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO
Presidente
Ilma.Sra.Da.JOSEFINA TRIGUERO AGUDO
Ilmo.Sr.D.IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER
En Madrid, a veintidós de noviembre de dos mil cuatro
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación nº 3810/04 interpuesto por D. Antonio José Sancho Villanova, letrado, en representación de DOÑA Elvira, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 32 de los de MADRID, en los Autos nº 832/03, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER
Que según consta en los autos nº 832/03 del Juzgado de lo Social nº 32 de los de Madrid, se presentó demanda por DOÑA Elvira, contra INSS, TGSS, FRATERNIDAD MUPRESPA E IBERIA LAE, en materia de accidente, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha veintidós de noviembre de dos mil cuatro, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Que con desestimación de la demanda presentada por Elvira contra INSS, MUPRESPA, TGSS E IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SA, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de los pedimentos deducidos en su contra".
En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
PRIMERO.- La actora es diestra.
SECUNDO.- El 31-1-2003 se dictó resolución por la Dirección provincial de Madrid del INSS, declarando a la actora afecta a lesiones permanentes no invalidantes.
TERCERO.- Agotó la vía previa.
CUARTO.- La demandante sufrió accidente de trabajo el 12-3-2002y permaneció de baja por IT desde el 12-3-2002 al 7-10-2002,percibiendo prestación económica por incapacidad temporal, en cuantía 1.6992,54 euros.
QUINTO.- Las lesiones que presenta son: limitación en la movilidad de la muñeca izquierda en un 50%, como secuela del accidente de trabajo en el que se produjo herida abierta en muñeca izquierda, luxación de primera articulación MF, tendor extensor del primer dedo izquierdo.
SEXTO.- La indemnización ascendería a 40.620,96 euros, siendo la base reguladora de 1.692,54 euros.
SEPTIMO.- La categoría profesional de la actora es Azafata de Vuelo y nació el 10-1-1969.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por D. Antonio José Sancho Villanova, letrado, en representación de DOÑA Elvira, siendo impugnado de contrario por Dª Ana Lorenzo Cárdenes, letrado, en representación de Fraternidad MUPRESPA. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución.
Disconforme la actora con la sentencia de instancia que desestimó su demanda tendente a ser declarada afecta de invalidez permanente en el grado de parcial, derivada de la contingencia de accidente de trabajo, interpone recurso de suplicación con la doble finalidad de revisar la declaración fáctica y examinar el Derecho.
El motivo primero pretende, con amparo en el apartado a) del art. 191 de la LPL, declarar la nulidad de la sentencia, porque aduce no contiene una fundamentación de los razonamientos que le han llevado a la desestimación de la demanda, ni de los documentos tenidos en cuenta para declarar los hechos probados, a lo que no es posible acceder, pues la Magistrado de instancia razona de manera impecable cuáles...
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