STSJ Comunidad de Madrid 799/2006, 7 de Noviembre de 2006

PonenteMARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ
ECLIES:TSJM:2006:11775
Número de Recurso153/2004
Número de Resolución799/2006
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

MARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00799/2006

Recurso nº. 153/2004

Ponente: Dª. Pilar Maldonado Muñoz

Recurrente: SOCIEDAD CINEMATOGRÁFICA DE CENTROS COMERCIALES S.A..

Procurador: D. Javier Lorente Zurdo

Demandado: OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS

Representante: Abogado del Estado

Codemandado: SOCIEDAD DE CENTROS COMERCIALES DE ESPAÑA S.A.

Procurador: D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA NÚM.- 799

ILTMO. SR. PRESIDENTE

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

En Madrid, a 7 de noviembre de 2006.

Visto por la Sección del margen el recurso nº 153/04, interpuesto por el Procurador D. Javier Lorente Zurdo, en nombre y representación de la entidad mercantil SOCIEDAD CINEMATOGRÁFICA DE CENTROS COMERCIALES S.A., contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) de fecha 21 de noviembre de 2003, habiendo sido parte demandada la antedicha Oficina, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 6 de noviembre de 2006.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Pilar Maldonado Muñoz.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente Recurso contencioso-administrativo la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas ( OEPM ) de fecha 21 de Noviembre del 2003, por la se desestimó el Recurso ordinario interpuesto en su día por la ahora recurrente contra la Resolución de la misma OEPM de fecha 5 de Febrero del 2003, por la que se concedió la inscripción registral de la marca denominativa " Centro Comercial La Vaguada", con el nº 2.441.309/7, para productos de la clase 16 del Nomenclátor ( papel cartón y artículos en esta materia no incluidos en otras clases; impresos, catálogos, folletos, circulares, cartas, sobres; libros y publicaciones, especialmente los relacionados con centros comerciales y gerencia y explotación de los mismos ).

La Resolución impugnada, después de exponer la doctrina sobre el alcance de la prohibición de registro contenida en el artículo 12.1 de la Ley 32/1988, de 10 de noviembre, de Marcas, señala que la aplicación al caso de las pautas legales expuestas lleva a la conclusión de que no concurren en él los presupuestos aplicativos de la prohibición de registro prevista en el artículo 12.1 citado, por cuanto, aún existiendo semejanza entre los signos enfrentados " Centro Comercial La Vaguada" y sus oponentes La Vaguada, La Vaguada Cines y La Vaguada Cine Café, auque debe resaltarse que el elemento " Vaguada" se identifica de inmediato con un conocido complejo comercial, los campos comerciales y aplicativos en que se despliegan sus efectos son los suficientemente dispares como para excluir todo riesgo de confusión en el mercado, ya que la solicitud reivindica " papel, cartón, impresos, folletos, libros y publicaciones" y las marcas oponentes distinguen " servicios de salas cinematográficas, y de educación, esparcimiento y salas de fiestas". En otro sentido debe señalarse que el solicitante fue titular de una serie de registros marcas números 1.503.302, en la clase 16 y otros " La Vaguada y Centro Comercial La Vaguada" hoy caducadas que han convivido pacíficamente con las oponentes y es titular de la marca número 2.90.746 La Vaguada Centro Comercial, registrada en clase 16 en situación de vigor y otras muchas La Vaguada en distinta clase del...

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