SAN, 25 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2002:7611
Número de Recurso712/1999

MERCEDES PEDRAZ CALVO JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR SANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSO CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA MARGARITA ROBLES FERNANDEZ

SENTENCIA

Madrid, a veinticinco de septiembre de dos mil dos.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sección Sexta de la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y bajo el número 712/99, se tramita, a

instancia de D. Jose Ángel y Contratas y Construcciones Jose Ángel,

S.L., representados por la Procuradora Dña. Mª del Carmen Barrera Rivas, contra resolución del

Ministro de Economía y Hacienda, de fecha 12 de mayo de 1999, sobre declaración de prohibición

de contratar y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por el

Sr. Abogado del Estado, siendo la cuantía del mismo indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo por la representación procesal indicada, contra la resolución de referencia, mediante escrito de fecha 29 de julio de 1999, y la Sala, por providencia de fecha 8 de septiembre de 1999, acordó tener por interpuesto el recurso y ordenó la reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente, para que en el plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en su escrito de demanda consta literalmente.

Dentro del plazo legal, la Administración demandada formuló, a su vez, escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que, a tal fin, estimó oportuno.

TERCERO

Se recibió el recurso a prueba, con el resultado que obra en las actuaciones, y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día 24 de septiembre de 2002.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales, previstas en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en las demás disposiciones concordantes y supletorias de la misma.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. José Mª del Riego Valledor.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Ministro de Economía y Hacienda, de fecha 12 de mayo de 1999, que dio la conformidad a la propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de declarar la prohibición de contratar durante el plazo de 5 años, en el ámbito de todas las Administraciones Públicas al empresario individual y a la empresa hoy demandantes.

Son antecedentes fácticos a tener presentes en esta sentencia:

  1. La empresa Contratas y Construcciones Jose Ángel, S.L., promovió en su día, ante la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, expediente para su inclusión en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  2. El día 15 de julio de 1997 el Jefe del Negociado del Registro de Contratistas, al considerar incompleto el expediente, dirigió oficio a la empresa demandante para que, en el plazo de 15 días, presentara determinada documentación, entre ella la relativa a la acreditación de su solvencia técnica.

  3. El también demandante, D. Jose Ángel, Administrador Único y propietario de 630 de las 650 acciones (96,9% del capital social) de la empresa Contratas y Construcciones Jose Ángel, S.L., contestó el requerimiento mediante escrito de 9 de octubre de 1997, al que acompañó, al efecto de acreditar la solvencia técnica, entre otra documentación, un "documento de clasificación empresarial".

  4. La Consejería de Economía y Hacienda de Canarias, tras verificar que el Ministerio de Economía y Hacienda no había emitido el certificado de clasificación presentado, remitió el 18 de noviembre de 1998 el expediente tramitado a la Junta Consultiva de Contratación, del Ministerio de Economía y Hacienda, al tiempo que comunicó los hechos también al Ministerio Fiscal.

  5. La Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, en su Acuerdo de 17 de marzo de 1999, elevó al Ministro de Economía y Hacienda su propuesta de declaración de prohibición de contratar en el ámbito de todas las Administraciones Públicas, durante 5 años, y el Ministro, en la Resolución ya citada, de fecha 12 de mayo de 1999, dio su conformidad a dicha propuesta. La Resolución del Ministro constituye el objeto del presente recurso.

SEGUNDO

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