SAN, 20 de Marzo de 2003

PonenteMARIA NIEVES BUISAN GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2003:4172
Número de Recurso1480/2001

FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA MARIA NIEVES BUISAN GARCIA EDUARDO CALVO ROJAS

SENTENCIA

Madrid, a veinte de marzo de dos mil tres.

La Sala constituida por los Sres. Magistrado relacionados al margen ha visto el recurso

contencioso-administrativo número 1480/01 interpuesto por D. Alfonso, representado por la Procuradora Dª. Sara Martín Moreno, contra la resolución de

Ministerio del Interior de fecha 12 de septiembre de 2001 por la que se inadmitió a trámite su

solicitud para la concesión del derecho de asilo. Ha sido parte demandada en las presentes

actuaciones la Administración General del Estado representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Ministerio del Interior de fecha 12 de septiembre de 2001 que inadmite a trámite la solicitud para la concesión del derecho de asilo en España de don Alfonso, nacional de Colombia.

SEGUNDO

Admitido el presente recurso y previos los oportunos trámites se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizase la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el 17 de abril de 2002 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, solicitó se dictara sentencia en la que :

  1. Se declare nulo, anule y revoque, dejando sin efecto el acto recurrido por situación de arraigo familiar con respecto a su hijo nacido en España, por lo tanto español de naturaleza y persona que depende de sus padres y al ser menor necesita su protección de la cual se vería privada si fuese expulsado mi mandante provocando una verdadera indefensión a su hijo menor de edad.

  2. Se conceda el asilo y refugio reconociendo el derecho de Don Alfonso a permanecer en España como asilado o refugiado, con su familia que reside aquí, junto con su hijo nacido en España, además de haberse prestado prueba suficiente de que su hermano ha sido asesinado violentamente por grupos políticos -militares de Colombia, denominado ELN "frente Carlos Alirio Buitrago".

  3. Se adopten las medidas necesarias para restablecer la situación jurídica perturbada.

TERCERO

El Abogado del Estado contestó la demanda en escrito presentado el 24 de mayo de 2002 en el que solicitó sentencia desestimatoria del recurso, con confirmación de la resolución recurrida dada su conformidad a Derecho.

CUARTO

No habiéndose solicitado el recibimiento del recurso a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública y tampoco el trámite de conclusiones quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo.

QUINTO

A continuación se señaló para dicha votación y fallo el día 18 de marzo de 2003, fecha en que ha tenido lugar, habiendo sido ponente la Ilma. Magistrada doña Nieves Buisán García, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Ministro del Interior de fecha 12 de septiembre de 2001 que inadmite a trámite la solicitud para la concesión del derecho de asilo en España de don Alfonso, nacional de Colombia.

Se fundamenta la expresada resolución en la concurrencia de la circunstancia contemplada en la letra b) del artículo 5.6 de la Ley 5/1984, modificada por la Ley 9/1994, por no alegar el solicitante ninguna de las causas previstas en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto del Refugiado de 1951 y/o en la Ley 5/84 " habida cuenta que basa su solicitud en la situación de inestabilidad de su país de origen, sin que del contenido del expediente se deduzca que el solicitante haya sido objeto de persecución personal como consecuencia de esta situación ni que, de acuerdo con la información disponible sobre...

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