SAN, 24 de Febrero de 2003

PonenteEMMA GALCERAN SOLSONA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 7ª
ECLIES:AN:2003:6091
Número de Recurso410/2001

EMMA GALCERAN SOLSONA ANA ISABEL RESA GOMEZ JAIME ALBERTO SANTOS CORONADO

SENTENCIA

Madrid, a veinticuatro de febrero de dos mil tres.

Vistos los autos del recurso contencioso- administrativo Nº 07/410/01 interpuesto por el Procurador

D. José Ignacio de Noriega Arquer en nombre y representación de D. Jon, siendo

parte demandada la Administración General del Estado representada por el Abogado del Estado,

sobre declaración de responsabilidad solidaria por deudas tributarias. Siendo Ponente, la Ilma. Sra.

Magistrada Dña. Emma Galcerán Solsona.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La resolución recurrida es la dictada por el Tribunal Económico- Administrativo Central con fecha 26 de enero de 1994, por la que se acordó desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Andalucía de fecha 8 de octubre de 1992, que declaró extemporánea la reclamación económico- administrativa promovida contra Acuerdo de declaración de responsabilidad solidaria de deudas tributarias por sucesión en el ejercicio de explotación o actividad económica.

SEGUNDO

Interpuesto el recurso se reclamó el expediente administrativo y se dio traslado a la parte actora para que formalizara la demanda, la cual expuso los hechos, invocó los fundamentos de Derecho y terminó por suplicar que, previos los trámites legales pertinentes, se dicte sentencia en la que, estimando el recurso se anulen las resoluciones impugnadas por su disconformidad a Derecho.

TERCERO

Formalizada la demanda, se dio traslado al Abogado del Estado, para que la contestara, el cual expuso los hechos y fundamentos de Derecho y suplicó se dictara sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución impugnada por ser ajustada a Derecho.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba y presentadas conclusiones, quedaron los autos conclusos, señalándose para votación y fallo el día 20 de febrero de 2003, en el que, efectivamente, tuvo lugar

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La resolución recurrida es la dictada por el Tribunal Económico- Administrativo Central con fecha 26 de enero de 1994, por la que se acordó desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Andalucía de fecha 8 de octubre de 1992, que declaró extemporánea la reclamación económico- administrativa promovida contra Acuerdo de declaración de responsabilidad solidaria de deudas tributarias por sucesión en el ejercicio de explotación o actividad económica.

SEGUNDO

Por la parte demandante se solicita la anulación de la resolución impugnada y de la deuda tributaria reclamada por prescripción de la misma, o subsidiariamente la declare nula y sin efecto por los demás motivos invocados,...

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