SAN, 12 de Junio de 2003

PonenteLUCIA ACIN AGUADO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2003:5902
Número de Recurso396/2002

ANGEL NOVOA FERNANDEZ FERNANDO DE MATEO MENENDEZ LUCIA ACIN AGUADO ANTONIO JIMENEZ HERNANDEZ JOSE MARIA GIL SAEZ

SENTENCIA

Madrid, a doce de junio de dos mil tres.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia

Nacional el recurso contencioso- administrativo número 396/02, promovido por el AYUNTAMIENTO

DE SARRIA contra la resolución de 16 de julio de 2002 del Secretario General Técnico por

delegación del Secretario de Estado de Organización Territorial del Estado por el que se desestima

el requerimiento previo interpuesto por Don Cosme, Alcalde -

Presidente del Ayuntamiento de Sarria (Lugo) contra la resolución del Subdelegado del Gobierno en

Lugo, de 12 de marzo de 2002, por la que se informaba a la entidad municipal requirente que la

asignación de subvenciones para la reparación de los daños ocasionados por los temporales e

inundaciones de diciembre de 2000, se había efectuado sobre la relación de obras remitidas por la

Diputación Provincial y la Comunidad Autónoma, de lo que se siguió la exclusión de las obras

propuestas por el Ayuntamiento de Sarria de la concesión de subvenciones, habiendo sido parte en

autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado; cuantía un millón

ochenta y siete mil ciento ochenta y uno con doce euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por Real Decreto-Ley 6/2001 de 6 de abril, se adoptaron medidas urgentes para reparar los daños causados por lluvias y temporales acaecidos desde los últimos días de octubre de 2000 hasta finales del mes de enero de 2001 en las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de las entidades Locales, entre otros bienes, de municipios de las Comunidades Autónomas de Galicia y Castilla y León.

Por orden del Ministerio del Interior de 27 de abril de 2001, se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en dicha disposición, incluyéndose al Ayuntamiento de Sarria.

El 12 de julio de 2001, el Ayuntamiento de Sarria presentó en la Diputación Provincial presupuesto de los daños producidos en el término municipal de Sarria. La Comisión de asistencia al Subdelegado del Gobierno, en reunión celebrada el día 19 de julio de 2001 informó favorablemente a la totalidad de las obras presentadas. Dichas obras correspondía a 48 Ayuntamientos y a la Diputación Provincial, dentro de las cuales estaba el Ayuntamiento de Sarria.

El Subdelgado del Gobierno remitió al MAP sólo la relación de obras de 37 municipios, dentro de los cuales no estaban las correspondientes al Ayuntamiento de Sarria, no percibiendo dicho Ayuntamiento ninguna subvención del MAP. para reparar los daños causados por lluvias y temporales acaecidos desde los últimos días de octubre de 2000 hasta finales del mes de enero de 2001.

Dirigido escrito al Subdelegado del Gobierno solicitando le informase sobre la tramitación dada a la propuesta de obras presentadas por el Ayuntamiento de Sarria, la Subdelegación del Gobierno respondió por escrito de 7 de marzo de 2002 (con diligencia de entrada en el registro del Ayuntamiento de Sarria el 12 de marzo ) que una relación de 37 municipios elaborada por la Diputación Provincial se remitió al Ministerio de Administraciones públicas para su financiación por ese departamento y que las propuestas relativas a otros 13 municipios, entre ellos el de Sarria se trasladaron a la Diputación Provincial para su financiacion por la Comunidad autónoma.

Disconforme el Ayuntamiento de Sarria con dicha escrito del Subdelegado del Gobierno interpuso requerimiento previo contra la misma solicitando se deje sin efecto la decisión del Subdelegado del Gobierno de Lugo y se proceda a la remisión de la propuesta de financiación del Ayuntamiento de Sarria a la Dirección General para la Administración Local, a los efectos de que le sean asignadas las subvenciones, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Ley 6/2001, de de abril y la orden de 27 de abril de 2001 que fue desestimado.

Ante ello acude a la vía jurisdiccional.

SEGUNDO

Interpuesto el 20 de septiembre de 2002, recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que así hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho solicitó " dicte sentencia en la que estimando el presente recurso contencioso- administrativo, se declare el incumplimiento de la normativa aplicable por parte de la subdelegación del Gobierno en Lugo y el perjuicio económico que ello le ha supuesto al Ayuntamiento de Sarriá, condenando al Ministerio para las Administraciones Publicas al pago del 50% del presupuesto total de los daños aprobados por la Comisión de asistencia Técnica del...

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