SAN, 12 de Enero de 2011

PonenteMERCEDES PEDRAZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2011:151
Número de Recurso295/2008

SENTENCIA

Madrid, a doce de enero de dos mil once.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num. 295/08 que ante esta Sala de lo Contencioso-administrativo de la

Audiencia Nacional ha promovido la Procuradora de los Tribunales Sra. López Valero en nombre y representación de

MATARRAÑA HOSTELERA S.L. frente a la Administración del Estado defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado,

contra Resolución dictada por el Ministro de Economía y Hacienda el día 16 de junio de 2.008, en materia relativa a Incentivos

Económicos Regionales con una cuantía de indeterminada. Ha sido Ponente la Magistrado Dª MERCEDES PEDRAZ CALVO.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La recurrente indicada mediante escrito de 28 de julio de 2008 interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala contra la citada Resolución dictada por el Ministerio. La Sala dictó Providencia acordando tener por interpuesto el recurso, ordenando la reclamación del expediente administrativo y la publicación de los correspondientes anuncios en el BOE.

Segundo.- En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó la demanda mediante escrito en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor, termino suplicando se dicte sentencia anulando el acto impugnado condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración con todos los pronunciamientos favorables para la actora con ocasión de la emisión de dicha declaración.

Tercero.- El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y con base en los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la desestimación del recurso.

Cuarto.- la Sala dictó auto acordando recibir a prueba el recurso, practicándose la testifical-pericial a instancias de la actora, con el resultado obrante en autos.

Las partes, por su orden, presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, para ratificar lo solicitado en los de demanda y contestación a la demanda.

Quinto.- La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 11 de enero de 2.011, en que se deliberó y votó habiéndose observado en su tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo la Orden dictada por el Ministro de Economía y Hacienda el día 16 de junio de 2.008 por la que acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto por MATARRAÑA HOSTELERA S.L. hoy actora contra la Orden Ministerial de 27 de febrero de 2008, en la que a su vez se acuerda en relación con la solicitud formulada por la hoy actora:

"Denegar los incentivos solicitados por considerar que con los datos aportados al momento de la solicitud de beneficios, el proyecto no cumple la condición exigida a los proyectos en el art. 8.c del Real Decreto 899/2007 de 6 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de incentivos regionales, puesto que, al momento de presentar dicha solicitud ya había dado comienzo la realización de la inversión para la que se solicitan los incentivos regionales".

SEGUNDO.- Los hechos que se encuentran en el origen del presente recurso son los siguientes:

-. La empresa hoy actora presentó una solicitud en el marco del programa de Incentivos Económicos Regionales en la Comunidad Autónoma de Aragón a fin de obtener ayudas para la creación y posterior explotación de un hotel de tres estrellas con restaurante en el término municipal de Valderrobres, provincia de Teruel.

-. Se tramita el expediente con el número TE-305-E50.

-. La Administración deniega la subvención por encontrarse la obra iniciada "según se desprende del acta de presencia, ya que se han ejecutado los muros del sótano, incluido el techo del sótano 2º".

TERCERO.- Los motivos de impugnación alegados por el recurrente pueden resumirse como sigue: con fundamento en un acta de presencia de la...

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