SAN, 20 de Abril de 2005

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2005:6958
Número de Recurso654/2002

JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA SANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSO MERCEDES PEDRAZ CALVO

SENTENCIA

Madrid, a veinte de abril de dos mil cinco.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sección Sexta de la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y bajo el número 654/2002, se tramita, a

instancia de Flor , representada por la Procuradora Dña. Lidia Leiva

Cavero, contra la Resolución del Presidente de la AEAT, de fecha 18 de junio de 2002, sobre

responsabilidad patrimonial, y en el que la Administración demandada ha estado representada y

defendida por el Sr. Abogado del Estado, siendo la cuantía del mismo 153.980,40 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo por la representación procesal indicada, contra la resolución de referencia, mediante escrito de fecha 24 de septiembre de 2002, y la Sala, por providencia de fecha 26 de septiembre de 2002, acordó tener por interpuesto el recurso y ordenó la reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente, para que en el plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en su escrito de demanda consta literalmente.

Dentro del plazo legal, la Administración demandada formuló, a su vez, escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que, a tal fin, estimó oportuno.

TERCERO

Se recibió el recurso a prueba, con el resultado que obra en autos, y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día 19 de abril de 2005.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales, previstas en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en las demás disposiciones concordantes y supletorias de la misma.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. José Mª del Riego Valledor.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Presidente de la AEAT, de fecha 18 de junio de 2002, que desestimó la solicitud de indemnización formulada por la hoy demandante.

Son antecedentes fácticos a tener en cuenta en la presente sentencia:

1) El 29 de julio de 1994 la AEAT embargó maquinaria industrial para madera, en el marco de un procedimiento de apremio por deudas tributarias por importe de 4.778.286 pesetas, dirigido contra D. Luis Pablo siendo nombrado depositario su hijo, D. Juan Pedro . El 24 de abril de 1995 la AEAT acepta la valoración efectuada por el deudor de los bienes embargados, en la cantidad de 5.475.000 pesetas.

2) El 12 de abril de 1995 la hoy demandante, esposa de D. Luis Pablo , formula tercería de dominio sobre la mitad indivisa de los bienes embargados.

3) La Delegación de Lleida de la AEAT acuerda, el 5 de junio de 1995, el embargo de los bienes gananciales que describe, que son la maquinaria industrial del apartado anterior, y declarar al propio tiempo a la sociedad de gananciales responsable de la deuda tributaria.

4) Interpuesta reclamación económico administrativa contra el anterior Acuerdo, es estimada parcialmente por el TEAR de Cataluña, en Acuerdo de 19 de noviembre de 1997 (notificada a la interesada el 13/1/98), que acuerda, en el punto que nos interesa, declarar la nulidad de las imputaciones realizadas a la sociedad de gananciales, "...sin perjuicio de mantener la validez de los embargos realizados y admitir la subsanación de la falta de notificación de las diligencias de embargo a la esposa del deudor..." (la cursiva y el subrayado son nuestros).

5) El 3 de octubre de 1995 se procedió a la venta, por adjudicación directa, de los bienes embargados, por importe de 2.000.000 pesetas. El adjudicatario de los bienes fue la sociedad Xanur Nobel, S.L. (folios 382 y 383), a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 15 de Diciembre de 2009
    • España
    • 15 Diciembre 2009
    ...resolución, interpuesto por la representación procesal de Dª Margarita, contra sentencia de fecha 20 de abril de 2005 dictada en el recurso 654/2002 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Siendo parte recurrida el ABOGADO DEL ESTADO en la ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR