AAP Santa Cruz de Tenerife 70/2008, 7 de Mayo de 2008

PonentePABLO JOSE MOSCOSO TORRES
ECLIES:APTF:2008:2052A
Número de Recurso105/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución70/2008
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

AUTO Nº. 70/2008

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Pablo José Moscoso Torres (Ponente)

Magistrados:

D./Dª. Emilio Fernando Suárez Díaz

D./Dª. Pilar Aragón Ramírez .

En Santa Cruz de Tenerife, a siete de mayo de dos mil ocho .

Dada cuenta; y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos nº. 675 del año 2007 del Juzgado de 1ª. Instancia número 3 de Santa Cruz de Tenerife, se dictó sentencia el 07 de noviembre de 2007 .

SEGUNDO

Notificada debidamente esta resolución a las partes, se presentó escrito por el Procurador Don Miguel Rodríguez Berriel, en nombre y representación de la Entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., (UNELCO) mediante el que se solicitaba se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, emplazar a la parte recurrente por veinte días para la interposición del recurso correspondiente; en el plazo conferido dicha parte interpuso el correspondiente recurso. Dado traslado del mencionado recurso a las otras partes por diez días, en este plazo, la Procuradora Dª. Mercedes Aranaz de la Cuesta en representación de D. Braulio, presentó escrito en el que se oponía al recurso de contrario y por resolución de fecha 08 de febrero de 2008 se acordó remitir los autos a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y emplazar a las partes por término de treinta días ante la misma, emplazamiento que se realizó el día 18 de febrero de 2008.

TERCERO

Recibidos los autos con los escritos del recurso y de oposición en esta Sala, se acordó, mediante providencia de fecha 05 de marzo de 2008, incoar el presente rollo, designar Ponente, y estar a que transcurra el plazo de emplazamiento de las partes, sin que, transcurrido el mismo, se hay personado la parte apelante.

Visto siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Pablo José Moscoso Torres.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Vista la incomparecencia de la parte apelante, ante esta Sala y pese al emplazamiento formulado por el Juzgado de 1ª. Instancia en fecha 18 de febrero de 2008, procede declarar desierto el recurso.

Debe ser así, de conformidad al criterio recogido por el Tribunal Supremo, con base en la resolución dictada por el Tribunal Constitucional, en auto de 21 de Junio de 2005 que literalmente dice: "La consecuencia de...

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