AAP Tarragona 38/2008, 18 de Febrero de 2008
Ponente | MANUEL GALAN SANCHEZ |
ECLI | ES:APT:2008:260A |
Número de Recurso | 248/2007 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 38/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE TARRAGONA
SECCION TERCERA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 248 / 2007.
JUICIO EJECUTIVO Nº 62/1982
INCIDENTE IMPUGNACION TASACION COSTAS JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. 1 - TARRAGONA
AUTO nº
PRESIDENTE
ILTMO. SR. JOAN PERARNAU MOYA
MAGISTRADOS
ILTMO. SR. MANUEL GALAN SANCHEZ
ILTMA. SRA. Mª ANGELES BARCENILLA VISUS (SUPLENTE)
Tarragona, a 18 de febrero de 2.008. Visto ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por JOSE QUEROL RODA, S.A.
representada en esta instancia por el Procurador Sr. Solé Tomás y defendida por el Letrado Sr. Pagés Serrano, contra la
Sentencia de 17 de noviembre de 2.006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Tarragona en la pieza separada
de impugnación de la tasación de costas, juicio ejecutivo núm. 62/82, siendo parte apelada D. Iván representado por la Procuradora Sra. Ferrer Martínez y asistido por el Letrado Sr. Aranda León.
La resolución recurrida contiene la siguiente parte dispositiva:
"FALLO. En el presente juicio ejecutivo número 62/82, seguido a instancias de la mercantil 'JOSE QUEROL RODA, S.A.', representada por el Procurador Don José María Solé Tomás, contra DON Iván, representado por la Procuradora Doña María Antonia Ferrer Martínez, se estima la impugnación formulada por la parte ejecutada frente a la tasación practicada por la Sra. Secretaria de este Juzgado en fecha 14 de marzo de 2006, y, en consecuencia, se deja sin efecto dicha tasación y se declaran indebidas, por prescripción, las costas a cuyo pago venía condenada la propia parte ejecutada, imponiendo las costas del presente incidente a la parte ejecutante".
Que contra la mencionada resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de JOSE QUEROL RODA, S.A. por los motivos expuestos en su escrito.
Dado traslado del recurso a la adversa, por la representación procesal de D. Iván se presentó escrito impugnando el mismo.
En la tramitación de la presente instancia del procedimiento se han observado las normas legales.
VISTO y siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado MANUEL GALAN SANCHEZ,
Interpone la representación procesal de la mercantil JOSE QUEROL RODA, S.A. el presente recurso atacando el pronunciamiento de la resolución de instancia que declara indebidas por prescripción las costas reclamadas, así como la imposición de las costas del incidente, recurso que, debe avanzarse ya, debe ser desestimado por los motivos que a continuación se expresarán.
La obligación que impone la condena en costas a la parte vencida en juicio de satisfacer las causadas a la parte contraria no nace de una relación contractual sino de la resolución en que se acuerda, y no es un crédito del letrado y del...
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