AAP Pontevedra 60/2008, 22 de Enero de 2008
Ponente | MARIA NELIDA CID GUEDE |
ECLI | ES:APPO:2008:1439A |
Número de Recurso | 453/2007 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 60/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00060/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 0000453 /2007 -M
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CAMBADOS
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000187 /2002
AUTO
En PONTEVEDRA, a veintidós de enero de dos mil ocho. HECHOS
En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción num. 2 de Cambados el
24.05.07 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Se desestima el recurso de Reforma interpuesto contra el auto de fecha 19 de abril de 2005, manteniendo el sobreseimiento provisional y archivo de la presente causa".
Notificada dicha resolución a las partes por David se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
La representación de David interpone Recurso Subsidiario de Apelación contra la resolución del Juzgado de Instrucción que, desestimando el Recurso de Reforma previamente interpuesto acuerda el Sobreseimiento Provisional de las actuaciones, alegando que se cumplen los requisitos del art 245 del CP . o, en su caso, del art 246 del CP . por cuanto existe una alteración de lindes, no siendo procedente la remisión a la vía civil por lo que interesa la revocación de la resolución dictada y la continuación de la tramitación de las diligencias.
De las actuaciones que por testimonio se remiten a la Sala, y en las que se observa que la tramitación del Recurso de Apelación interpuesto se ha postergado durante mas de dos años, aparece que en fecha 10/2/02, el ahora recurrente denunció la tala, en unos montes, denominados DIRECCION000, sito en Busto-Armenteira, Meis de su propiedad de unos 400 eucaliptos, así como la ocupación de terreno al ensanchar una carretera, atribuyendo tales hechos a Nemesio . En Sentencia dictada por el Juzgado de Distrito de Cambados en fecha 25/4/89, se declaró 4 el dominio de las fincas denominadas DIRECCION000
, con una extensión de 16 áreas y treinta y ocho centiáreas y cinco áreas y sesenta y dos centiáreas, respectivamente, adquiridas posteriormente por el aquí denunciante. En fecha 8/8/03, por el Juzgado de Instrucción se acordó el Sobreseimiento Provisional y Archivo de la causa al no existir pruebas que permitiesen atribuir al denunciado la actividad dañosa imputada, resolución confirmada por la de la Audiencia Provincial de fecha 17/2/04, que deniega las diligencias interesadas en relación a la tala de árboles y estima procedente la investigación de un posible delito de Usurpación. Ceñida la investigación a una de las DIRECCION000 b), en las que se habría realizado un movimiento de tierras y un cerramiento con piedras de "perpiaño, el perito Sr. Luis Manuel, que había intervenido en el procedimiento...
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