AAP Pontevedra 15/2008, 10 de Enero de 2008
Ponente | MARIA NELIDA CID GUEDE |
ECLI | ES:APPO:2008:1415A |
Número de Recurso | 419/2007 |
Procedimiento | APELACION AUTOS |
Número de Resolución | 15/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
AUTO: 00015/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección nº 004
Rollo: RT 0000419 /2007 -M
Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CANGAS DE MORRAZO
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 0000599 /2002
AUTO
En PONTEVEDRA, a diez de enero de dos mil ocho. HECHOS
En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción num. 1 de Cangas el
04.05.07 el auto cuya parte dispositiva expresa: "Se estiman los recursos de reforma interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Faustino Maquieira Gesteira, en nombre y representación de Don Maximo y don Santiago contra el auto de fecha 20 de noviembre de 2006 que se reforma en el sentido de acordar el sobreseimiento libre y archivo de la actuaciones de Don Maximo como imputado por la presentado comisión de un delitos de lesiones y de acordar que se siga la causa contra Don Luis Francisco como presunto autor de un delito de lesiones del artículos 617.1 del Código Penal ".
Notificada dicha resolución a las partes por Luis Francisco se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y puesta de manifiesto la causa a las demás partes personadas se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.
Frente a la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción, que estimando el Recurso de Reforma interpuestos por la representación de Maximo, contra el Auto de fecha 20/11/06, acuerda el Sobreseimiento de las actuaciones seguidas contra Maximo y la continuación de las diligencias contra Luis Francisco, a quien se imputa un delito de lesiones, es recurrida en Apelación por la representación de este último, alegando que la actuación de Maximo, es indiciariamente constitutiva de un delito de lesiones y que las lesiones sufridas por Santiago, que no consta le fueran causadas por Luis Francisco, no precisaron tratamiento médico, por lo que no son constitutivas de delito, interesando la revocación de la resolución dictada y el dictado de nueva resolución, por la que se acuerde la continuación de las diligencias por los trámites del Procedimiento Abreviado, contra Maximo y que se declaren los hechos imputados a Luis Francisco, Falta.
Por lo que respecta a las lesiones sufridas por Santiago, de acuerdo con el informe médico forense...
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