AAP Madrid 357/2008, 15 de Octubre de 2008

PonenteANGEL VICENTE ILLESCAS RUS
ECLIES:APM:2008:14097A
Número de Recurso667/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución357/2008
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

AUTO: 00357/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

4530A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7010640 /2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 667 /2008

Autos: EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 828 /2008

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID

De: ALONSO PARDO MOVILES, S.L.

Procurador: YOLANDA LUNA SIERRA

Contra:

Procurador:

SOBRE: Ejecución de laudo. Inadmisión de demanda.

Ponente: ILMO. SR. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

A U T O

Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. JOSÉ MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

  2. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS DªMª ISABEL FERNÁNDEZ DEL PRADO

En MADRID, a quince de octubre de dos mil ocho.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 828/08, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. ALONSO PARDO MOBILES, S.L., representada por la Procuradora Dª Yolanda Luna Sierra y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de E.T. no judiciales.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 69 de Madrid, en fecha 24 de junio de 2008, se dictó auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"ACUERDO NO ADMITIR A TRÁMITE la demanda de ejecución de laudo arbitral formulada por la Procuradora Dª Yolanda Luna Sierra en representación de "ALONSO PARDO MOBILES, S.L." frente a Dª Remedios, y el consecuente archivo las presentes Actuaciones.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 8 de octubre de 2008, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 14 de octubre de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida en todo cuanto no aparezca contradicho o desvirtuado por los que se expresan a continuación.

SEGUNDO

(1) Mediante escrito con entrada en el Registro General de los Juzgados de Primera Instancia de Madrid en fecha 17 de abril de 2008 la representación procesal de la entidad mercantil «Alonso Pardo Mobiles» promovía la ejecución del laudo dictado por don Manuel Antón de la Fuente en el marco de la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad en fecha 20 de junio de 2006, frente a doña Remedios en cantidad suficiente a cubrir «.. los principales [sic] por importe de 711,30 euros de principal, así como por otras [sic] 355,60 euros que se calculan por ahora, y sin perjuicio de ulterior liquidación, para cubrir con cargo a la demandada las costas e intereses que puedan devengarse con ocasión de esta ejecución..».

(2) Turnado en la misma fecha el conocimiento de la demanda ejecutiva al Juzgado de Primera Instancia núm. 69 de los de Madrid por Auto de 24 de junio de 2008 se resolvió denegar el despacho de la ejecución con fundamento en la nulidad del convenio arbitral y en la falta de constancia de la notificación del laudo a la parte ejecutada.

(3) Mediante escrito con entrada en el Registro General de los Juzgados de Primera Instancia de Madrid en fecha 3 de julio de 2008, la representación procesal de la entidad demandante, la mercantil «Alonso Pardo Mobiles» interesó del Juzgado «a quo» que tuviera por preparado recurso de apelación frente a la resolución recaída.

(4) Por proveído de 4 de julio de 2008 se acordó tener por preparado el recurso de apelación anunciado y emplazar a la recurrente para su interposición en tiempo y forma legales.

(5) Mediante escrito con entrada en el Registro General en fecha 14 de julio de 2008, la representación procesal de la entidad mercantil «Alonso Pardo Mobiles» interpuso el recurso de apelación anunciado fundándolo en las siguientes «.. ALEGACIONES

PRIMERA

A juicio de esta parte nos encontramos ante la solicitud de ejecución forzosa de un laudo dictado en equidad con fuerza ejecutiva, notificado fehacientemente a las partes, conforme se justifica todo ello en la demanda ejecutiva instada.

Además, en el procedimiento arbitral, Antecedente de hecho tercero "in fine", consta que la parte demandada en el procedimiento arbitral no hizo alegaciones de ningún tipo y en consecuencia, nada dijo sobre la inexistencia de convenio válido, aquietándose, sin más, a la continuación del procedimiento arbitral.

Y el referido laudo arbitral es firme por cuanto que no consta que la parte demandada tenga interpuesto frente al mismo recurso de anulación regulado en los artículos 40 y siguientes de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje .

Y por lo anterior se instó la ejecución forzosa del laudo arbitral recaído en el procedimiento arbitral.

En este sentido interesa al derecho de esta parte destacar las siguientes resoluciones favorables a la postura jurídica de esta parte y dictadas por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en casos idénticos al presente al haberse resuelto a favor de los ahora apelantes sobre la admisión de la demanda de ejecución de laudo arbitral:

A diferencia de la argumentación mantenida ahora por el Juzgado de la instancia, quien reproduce una Resolución de la Sección 14.ª, es inmensamente mayoritaria entre otras Secciones de la Ilma. Audiencia Provincial la tesis favorable a la postura que mantiene esta representación, incluso, muchas de ellas dictadas con posterioridad a la citada por el Juzgador de 1.ª Instancia.

SECCIÓN 13.ª.- AUTO DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2005 dictado en el RECURSO DE APELACIÓN 464/2005 por el interpuesto contra AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 44 DE MADRID en el procedimiento sobre Ejecución Forzosa del Laudo 517/2005.

SECCIÓN 10.ª.- AUTO DE 31 DE OCTUBRE DE 2005 dictado en el RECURSO DE APELACIÓN 48812005 dictado consecuencia del RECURSO INTERPUESTO contra AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 69 DE MADRID en el procedimiento sobre Ejecución de Títulos no judiciales 529/2005.

Y AUTO DE 9 DE MARZO DE 2004. RECURSO DE APELACIÓN 836/2003 POR EL QUE SE RESOLVIÓ EL INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 39 DE MADRID. EJECUCIÓN 868/2003 . Y que en aras a la brevedad se da aquí por reproducido.

SECCIÓN DOCE. AUTO DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2005. RECURSO DE APELACIÓN 312005 POR EL QUE SE RESOLVIÓ EL INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE la INSTANCIA N.º 37 DE MADRID. EJECUCIÓN 1036/2004 . Y que en aras a la brevedad se da aquí por reproducido.

SECIÓN UNDECIMA. AUTO DE 5 DE DICIEMBRE DE 2005. RECURSO DE APELACIÓN 172/2005 POR EL QUE SE RESOLVIÓ EL INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º

69 DE MADRID. EJECUCIÓN 108/2005 . Y que en aras a la brevedad se da aquí por reproducido.

SECCIÓN 14.ª. AUTO DE 8 DE MARZO DE 2004, RECURSO DE APELACIÓN 687/2003 POR El QUE SE RESOLVIÓ EL INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 36 DE MADRID EJECUCIÓN 782/2003 .

SECCIÓN 8.ª. AUTO DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2005 por el que se resolvió el Recurso interpuesto contra Auto del Juzgado n° 73 de Madrid, Ejecución 898/2004 . AUTO DE 12 DE MARZO DE 2004. ROLLO 857/2003 POR EL QUE SE RESOLVIÓ EL INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA No 8 DE MADRID. EJECUCIÓN 1163/2003 .

SECCIÓN 18.ª AUTO DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2005 por el que se resolvió el Recurso interpuesto contra Auto del Juzgado n° 46 de Madrid, Ejecución 129/2005. RECURSO DE APELACIÓN 890/2003 POR EL QUE SE RESOLVIÓ EL INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 10 DE MADRID. EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 1178/2003 .

SECCIÓN 11.ª RECURSOS DE APELACIÓN 815/2003 Y 840/2003 POR LOS QUE SE RESOLVIERON RECURSOS DE APELACIÓN INTERPUESTOS CONTRA AUTOS DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 37 DE MADRID. EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO 894/2003 Y 1140/2003 .

SECCIÓN l9.ª RECURSO DE APELACIÓN 719/2003. AUTO 25 DE 30 DE ENERO DE 2004 POR EL QUE SE RESOLVIÓ RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE la INSTANCIA N.º 36 DE MADRID. EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES 896/2003 .

SECCIÓN 9.ª. RECURSO DE APELACIÓN 686/2003. AUTO DE 12 DE FEBRERO DE 2004 POR EL QUE SE RESOLVIÓ RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 41 DE MADIRID, EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO 340/ 2003 .

SECCIÓN 20.ª RECURSO DE APELACION 280/2004. AUTO DE 11 DE OCTUBRE DE 2004 POR EL QUE SE RESOLVIÓ RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE la INSTANCIA N.º 12 DE MADIRID, EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO 192/2004 .

SECCIÓN 21.ª RECURSO DE APELACIÓN 249/2005. AUTO DE 12 DE JULIO DE 2005 POR EL QUE RESOLVIÓ EL RECURSO INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE LA INSTANCIA N.º

73 DE MADRID, EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO ARBITRAL 903/2004 .

Y RECURSO DE APELACION 235/2004. AUTO DE 13 DE OCTUBRE DE 2004 POR EL QUE SE RESOLVIÓ RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA AUTO DEL JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA N.º 10 DE MADIRID, EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO 1352/2003 .

A.- SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DEL JUZGADO DE LA INSTANCIA DE DENEGAR LA EJECUCIÓN FORZOSA DEL LAUDO AL CONCURRIR LOS PRESUPUESTOS Y REQUISITOS...

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