STSJ Navarra 173/2008, 1 de Abril de 2008
Ponente | JUAN ANTONIO HURTADO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJNA:2008:351 |
Número de Recurso | 41/2008 |
Procedimiento | ROLLO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 173/2008 |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N Nº 000173/2008
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE
MAGISTRADOS,
D. ANTONIO RUBIO PÉREZ
D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ
En Pamplona/Iruña a 1 de abril de 2008.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo de apelación nº 0000041/2008 interpuesto contra la Sentencia Nº 276/2007 correspondiente a los autos procedentes del Jdo. Contencioso-Administrativo Nº 1 de Pamplona/Iruña en el recurso contencioso-administrativo del Procedimiento abreviado 0000076/2007 - 00 interpuesto contra resolución de la Delegación del Gobierno en Navarra de fecha 17 de enero de 2007 dictada en expediente administrativo de expulsión número 310020070000275, y siendo partes como apelante Felipe, representado por el Procurador Sra. González Rodríguez y dirigido por la Letrada Sra. Perales Gómez y como apelada la DELEGACION DEL GOBIERNO EN NAVARRA, representada y dirigida por el Abogado del Estado venimos en resolver en base a los siguientes
La representación procesal de la parte actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia núm. 276/2007 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. Uno de Pamplona de fecha 22 de noviembre de 2007, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que debo desestimar como desestimo el presente recurso contencioso- administrativo interpuesto por la Procuradora Sra. González Rodríguez, en nombre y representación de D. Felipe, contra la actuación administrativa referenciada, y debo declarar y declaro que la Resolución de la Delegación del Gobierno en Navarra de fecha 17 de enero de 2007, es conforme a Derecho, por lo que se confirma; sin costas". El citado acto administrativo impugnado era la resolución de la Delegación del Gobierno, número 310020070000275 de fecha 17 de enero de 2007 que acordó la expulsión del recurrente del territorio nacional, con prohibición de retorno por un período de tres años por constar la permanencia del interesado en territorio nacional, de forma ilegal.
Una vez formalizado el recurso fue remitido a la Sala por el Juzgado por Providencia, siendo recibido a fecha 18 de febrero de 2008, formándose rollo de apelación que fue registrado con el núm. 41/2008.
Se señaló para votación y fallo el día 11 de marzo de 2008, habiéndose celebrado tal como consta en autos. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ
El presente recurso de apelación se ha interpuesto frente a Sentencia Nº 276/2007 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Pamplona, de fecha 22 de noviembre de 2.007, la cual desestimaba el recurso contencioso- administrativo interpuesto frente a la resolución del la Delegación del Gobierno en Navarra que acordó la expulsión del recurrente del territorio nacional, con prohibición de retorno por un período de tres años, como responsable de una infracción del artículo 53 A de la L.O. 4/2000
.
La Sentencia apelada estimó, frente a la impugnación presentada por la representación del ciudadano extranjero, que la resolución administrativa no carecía de motivación puesto que resultaba deducible con claridad mediante la contemplación del expediente, que la causa de expulsión era su estancia irregular en España, junto a la circunstancia de hallarse indocumentado no habiendo intentado obtener la regularización de su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 21 de Julio de 2017
...de 6 de mayo de 2003 (recurso contencioso-administrativo 572/2001 ; ES:TSJCL:2003:2259); y (iii) por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en sentencia de 1 de abril de 2008 (recurso de apelación 29/2008 ; 4.3. La sentencia impugnada afecta a un gran número de situaciones y transciend......