SAP Córdoba 38/2008, 12 de Febrero de 2008

PonenteJOSE MARIA MORILLO-VELARDE PEREZ
ECLIES:APCO:2008:404
Número de Recurso19/2008
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución38/2008
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª

DOÑA PILAR REDONDO MIRANDA, SECRETARIA DE LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE

CORDOBA .

CERTIFICA : Que en el rollo de apelación de las anotaciones al margen, se ha dictado la siguiente resolución.

S E N T E N C I A Nº 38/08

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Antonio Puebla Povedano

Magistrados:

D. José M. Morillo Velarde Pérez

D. José Alfredo Caballero Gea

APELACIÓN CIVIL

Juzgado: 1ª Instancia nº 5 de Córdoba

Autos: Modificación de medidas 52/07

Rollo nº 19

Año 2008

En Córdoba, a doce de febrero de de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Segunda de la Audiencia los autos procedentes del Juzgado referenciado al margen, que ha

conocido en primera instancia, en razón del recurso de apelación interpuesto por la Procuradora doña Pilar Gutiérrez-Ravé

Torrent, actuando en nombre y representación de doña Penélope, defendida por la Letrada doña Aurora

Genovés García; siendo partes apeladas el Ministerio Fiscal y don Salvador, representado por el

Procurador don Manuel Coca Castilla y defendido por el Letrado don Álvaro Cerezo Moreno. Es Ponente del recurso D. José M. Morillo Velarde Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

El día diecisiete de octubre de dos mil siete, el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de esta ciudad dictó sentencia cuya parte dispositiva establece:

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Dª. Penélope contra D. Salvador, sobre modificación de medidas definitivas, aprobadas por la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2005, dictada en los autos número 454/05, de este Juzgado, que se mantienen, con imposición de las costas a la parte actora.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó en tiempo y forma recurso de apelación por la parte demandante, que con posterioridad y en virtud del traslado conferido fue interpuesto en base a la argumentación de hechos y fundamentación jurídica que expresó, dándose traslado del mismo al Ministerio Fiscal y a la parte contraria por el término legal, que se opusieron; tras lo cual se remitieron las actuaciones a este Tribunal que formó el correspondiente rollo.

Esta Sala se reunió para deliberación el día siete de febrero de dos mil ocho .

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la pretensión de modificación de medidas definitivas deducida por la parte demandante, a la que condenó en costas sobre la base de haber sostenido ya una pluralidad de contiendas judiciales de diversa índole, subyaciendo en aquella imposición la apreciación de una conducta de la parte rayana en el abuso del proceso con la intención de perjudicar a quien fue su marido mediante la utilización, en este caso, de la hija menor.

Sin embargo, a juicio de la Sala, la sentencia de intancia mezcla conceptos distintos.

Es sabido que en materia de familia el criterio jurisprudencial imperante es que no rige el criterio del vencimiento objetivo del artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, singularmente, como establece la S.A.P. de Baleares de 19 de mayo de 2006, en atención a las peculiaridades de un procedimiento de familia en el que, por regla general concurre la existencia de una profunda subjetividad y...

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