SAP Barcelona 268/2008, 26 de Mayo de 2008
Ponente | MARIA DOLORES PORTELLA LLUCH |
ECLI | ES:APB:2008:4698 |
Número de Recurso | 215/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 268/2008 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN PRIMERA
SENTENCIA Nº
Recurso de apelación nº 215/07
Procedente del procedimiento nº 114/06 Juicio ordinario
Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Gavá
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DON JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS, DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH y DON ANTONIO RECIO CORDOVA, actuando el primero de ellos como
Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 215/07 interpuesto contra la sentencia dictada el día 22 de diciembre
de 2006 en el procedimiento nº 114/06 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Gavá
en el que es recurrente
DÑA. Almudena, y apelados D. Germán, DON Jon, COMUNIDAD DE
PROPIETARIOS C/. DIRECCION000 núm. NUM000 de GAVA y DOMUNIDAD DE PROPIETARIO C/. DIRECCION000 núm. NUM001 DE GAVÁ, previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente
S E N T E N C I A
Barcelona, 26 de mayo de 2008
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales Don Pedro Mortal Bohigues en nombre y representación de Doña Almudena, frente a las Comunidades de Propietarios nº NUM001 y nº NUM000 de la Calle DIRECCION000 de Gavá, frente a Don Jon y frente a Don Germán, debo absolver y absuelvo a los demandados de todas las pretensiones frente a ellos ejercitadas. Todo ello con expresa condena en costas a la parte actora
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos. Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA, Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.
Dña. Almudena, propietaria del piso NUM003 NUM003 del edificio sito en el número NUM001 de la calle DIRECCION000 de la localidad de Gavà, planteó demanda contra la Comunidad de Propietarios del edificio reseñado, así como contra la Comunidad del edificio del número NUM000 de la misma calle, y contra los propietarios de los pisos NUM002 NUM003 y del número NUM001, D. Jon, y NUM003 NUM003 del número NUM000, D. Germán, en la que solicitaba sentencia que ordenara a las Comunidades de propietarios a la total retirada de la estructura metálica y cubierta que sirve de claraboya al patio interior conjunto de ambas comunidades, a D. Jon a eliminar la salida de gases del calentador de agua de la cocina y cubierta efectuada por el mismo en el patio, y a D. Jon a retirar la cubierta instalada en el patio comunal.
Todos los demandados actuaron bajo la misma defensa y representación y se opusieron a la demanda alegando en síntesis lo siguiente: a) la actora votó favorablemente al acuerdo de instalar la claraboya y no puede pedir su desmantelamiento, b) en su caso, se podía dirigir contra el industrial que ejecutó la referida instalación si considera que se realizó de manera deficiente, c) respecto a la cubierta del Sr. Germán, se trata de policarbonato de 65 centímetros por 4 metros y existe desde hace 34 años, y no causa perjuicio alguno a la actora, e) en relación a la salida de gas del Sr. Jon, la misma es conforme a las exigencias técnicas, según certificación de Clymages, f) la Comunidad del número NUM001 reconoció en junta de 29...
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...que per- Page 7 manecen en su estado originario y no ocasionan filtración alguna a las viviendas inferiores3. La SAP de Barcelona, Secc 1ª de 26 de mayo de 2008, resuelve que el hecho de que la claraboya esté mal instalada y que ello perjudique a los vecinos, supone un incumplimiento de la ......