ATS, 15 de Abril de 2008

PonenteXAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
ECLIES:TS:2008:2979A
Número de Recurso1428/2005
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución15 de Abril de 2008
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Abril de dos mil ocho. I. HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad Liga Nacional de Fútbol Profesional presentó el día 2 de junio de 2005 escrito de interposición de recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 16 de marzo de 2005 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 61/2004 dimanante de los autos de juicio de mayor cuantía nº 331/2000 del Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Madrid.

  2. - Mediante Providencia de fecha 7 de junio de 2005 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes el día 14 de junio de 2005.

  3. - La Procuradora Dª Consuelo Rodríguez Chacón, en nombre y representación de la entidad Liga Nacional de Fútbol Profesional presentó escrito ante esta Sala el día 17 de junio de 2005, personándose en calidad de recurrente. El Procurador D. Manuel Lancahres Perlado, en nombre y representación de Antena

3 Televisión, presentó escrito ante esta Sala en fecha 8 de julio de 2005 personándose en calidad de parte recurrida. El Procurador D. Felipe de Juanas Blanco, en nombre y representación de Gestora de Medios Audiovisuales, presentó escrito ante esta Sala en fecha 5 de julio de 2005 personándose en calidad de parte recurrida. El Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Audiovisual Sport S.L., presentó escrito ante esta Sala en fecha 26 de julio de 2005 personándose en calidad de parte recurrida.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Xavier O#Callaghan Muñoz a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad Liga Nacional de Fútbol Profesional, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2, LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría. III. PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad Liga Nacional de Fútbol Profesional contra la Sentencia dictada, con fecha 16 de marzo de 2005 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25ª), en el rollo de apelación nº 61/2004 dimanante de los autos de juicio de mayor cuantía nº 331/2000 del Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala, para que formalicen su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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