STSJ Galicia 616/2008, 18 de Septiembre de 2008

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2008:5636
Número de Recurso4192/2006
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución616/2008
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00616/2008

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 4192/2006

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha

pronunciado la siguiente

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

D. JULIO CÉSAR DÍAZ CASALES

En la ciudad de A Coruña, a dieciocho de septiembre de dos mil ocho.

En el recurso contencioso-administrativo que con el número 4192/06 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por el Ayuntamiento de Oia, representado por Dª. Dolores Neira López y dirigido por Dª. Susana Valverde Entena, contra la Resolución de 15-2-06 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes. Es parte demandada la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito formulando oposición a la demanda con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso. También se dio traslado de la demanda para contestación a la entidad "Aluminios Silleiro, S.L.", que se había personado como codemandada, pero al comprobar por el contenido de su escrito de contestación a la demanda que pretendía ser coadyuvante de la parte actora, por auto de 30-5-07 se acordó su exclusión del proceso.

TERCERO

Denegado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 11-9-08.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución de 15-2-06 de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra otra de 22-2-05, que declaró ilegalizables las obras de construcción de una nave, realizadas sin autorización autonómica por "Aluminios Silleiro, S.L." en O Viso (Oia), y ordenó su demolición.

SEGUNDO

La entidad actora fundamenta su pretensión de se anulen las resoluciones impugnadas en la falta de competencia de la Administración demandada para dictarlas al referirse a una obra amparada por licencia municipal, y en que el procedimiento seguido para restaurar la legalidad urbanística vulnera el principio de autonomía local consagrado en el artículo 137 de la Constitución....

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