ATS, 25 de Noviembre de 2008

PonenteXAVIER O'CALLAGHAN MUÑOZ
ECLIES:TS:2008:12223A
Número de Recurso475/2007
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil ocho. I. HECHOS

  1. - Formado el presente rollo para la tramitación del recurso de casación interpuesto, se presentó escrito, con fecha 27 de diciembre de 2007, por la Procuradora D.ª Ana Barallat López en nombre y representación de D. Alfredo, con fecha 27 de diciembre de 2007, en el que solicitó la expedición de ciertos testimonios de las actuaciones para su aportación a los autos de ejecución de títulos judiciales 1258/2006, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia N.º 12 de Madrid, dictándose Diligencia de Ordenación con fecha 5 de mayo de 2008 en la que se acordó "El anterior escrito de la Procuradora Barallat López únase a las presentes actuaciones; no ha lugar a la entrega de los testimonios solicitados, sin perjuicio de que por el órgano exhortante se soliciten."

  2. - Por la Procuradora D.ª Ana Barallat López, en la indicada representación de D. Alfredo se ha presentado escrito, con fecha 14 de mayo de 2008, solicitando la revisión de dicha Diligencia de Ordenación de 5 de mayo de 2008, con fundamento en las alegaciones contenidas en el mismo, del que se ha dado traslado a la parte recurrente, mediante Providencia de 8 de julio de 2008, que consta notificada sin que se haya presentado escrito alguno.

  3. - Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Xavier O#Callaghan Muñoz, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- Por la parte recurrida en el presente recurso de casación se formula recurso de revisión contra la Diligencia de Ordenación de 5 de mayo de 2008, cuyo texto ha quedado transcrito en el antecedente 1 de esta resolución, respecto a la que pone de manifiesto su improcedencia con exposición de las razones que le asisten, a la vista de las cuales no cabe sino reponer la mencionada resolución, no sólo porque de la literalidad del art. 535 de la LEC se deduce que el legislador encomienda a la parte la aportación de los testimonios que deben incorporarse a la petición de ejecución provisional, sino porque no puede negarse a una de las partes en litigio la obtención de aquellos testimonios de las actuaciones cuya necesidad justifique, como es el caso, ya que aporta copia de la Providencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 12 de Madrid, dictada en los autos de ejecución de títulos judiciales a los que se pretende la incorporación de tales testimonios, habida cuenta de lo dispuesto en el art. 145.1, último inciso de la LEC, y 453.2 de la LOPJ, posibilidad que la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla en el apartado 2 del art. 140 incluso para aquellas personas ajenas al proceso que acrediten un interés legítimo.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

ESTIMAR EL RECURSO DE REVISIÓN interpuesto contra la Diligencia de Ordenación de 5 de mayo de 2008 y, en consecuencia, librar los testimonios interesados por la Procuradora D.ª Ana Barallat López, en nombre y representación de D. Alfredo, en el escrito presentado con fecha 27 de diciembre de 2007, haciéndosele entrega de los mismos con expresión de su destinatario y del fin para el que se solicita.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico.

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