STSJ Aragón 539/2008, 14 de Octubre de 2008
Ponente | NEREA JUSTE DIEZ DE PINOS |
ECLI | ES:TSJAR:2008:1952 |
Número de Recurso | 233/2007 |
Número de Resolución | 539/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00539/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
- SECCIÓN PRIMERA RECURSO DE APELACIÓN Nº: 233 del 2007
S E N T E N C I A Nº DE 2008
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. JESÚS MARÍA ARIAS JUANA MAGISTRADOS: Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS ==============================
En Zaragoza, a catorce de octubre de dos mil ocho.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO, Por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el recurso de apelación nº 233/07, interpuesto por el apelante D. Carlos Daniel representado por el Procurador Dª. Mª Belén López López y defendido por el Letrado D. Mauricio Izquierdo García; y como parte apelada EL REAL E ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ZARAGOZA, representado por el Procurador D. Luis Ignacio Ortega Alcubierre y defendido por el Letrado D. Miguel Angel Aragües Entregués y como co-demandado D. Juan Enrique representado por la Procuradora Dª. Ana Elisa Lasheras Mendo que asume su propia defensa, siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS. Es objeto de apelación la sentencia de 4/5/2007 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de los de Zaragoza en el Procedimiento Ordinario nº 647/2006 por la que se desestima el recurso interpuesto por el actor contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Real e Ilustre Colegio de Abogados de 26 de julio de 2005 por el que se acordó el archivo sin más tramite de la denuncia interpuesta por el actor contra el Letrado D. Juan Enrique y se resuelve inadmitir el recurso interpuesto sin hacer especial pronunciamiento en relación a las costas.
El citado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo dictó la mencionada Sentencia, que notificada a las partes fue recurrida por la parte actora que suplicó se dicte resolución declarando la nulidad del acto recurrido y en su caso se anulen aquellos realizados con infracción del ordenamiento jurídico.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo a los apelados que se opusieron al recurso de apelación suplicando se dicte sentencia desestimando el anterior recurso y confirmando la sentencia de instancia con imposición de costas a la parte apelante.
Remitidas las actuaciones con emplazamiento de las partes, fue señalado para votación y fallo del recurso el día 2 de octubre de 2008.
Los motivos que arguye la parte apelante para que con revocación de la sentencia dictada en la instancia se estimen sus...
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