STSJ Andalucía 1914/2009, 29 de Octubre de 2009

PonenteFRANCISCO JOSE GUTIERREZ DEL MANZANO
ECLIES:TSJAND:2009:14394
Número de Recurso755/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1914/2009
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA (SEDE DE SEVILLA) SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, SECCION PRIMERA. RECURSO Nº 755/2005.

SENTENCIA

Illmo. Sr. Presidente

Don Julián Manuel Moreno Retamino

Illmos. Sres. Magistrados

Don Francisco José Gutiérrez del Manzano

Don Pedro Luis Roás Martín

En la Ciudad de Sevilla, a veintinueve de octubre del año dos mil nueve. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el Recurso nº 755/2005,interpuesto por DON Segundo en nombre de FRUTAS ISABEL S.C.A.,representada por el Procurador Sr. Gragera Murillo y defendida por Letrado, contra LA JUNTA DE ANDALUCIA (CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA), representada y defendida por Letrado de su Gabinete Jurídico.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El Recurso se interpuso contra las Resoluciones mencionadas en el Fundamento Primero de esta Sentencia.

Segundo

En el escrito de demanda se interesa de la Sala se anulen las Resoluciones impugnadas y se estimen las pretensiones actoras.

Tercero

En la contestación a la demanda se solicita la desestimación del Recurso.

Cuarto

Señalada fecha para la votación y fallo el día 19 de octubre del 2009, efectivamente se deliberó, votó y falló.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Francisco José Gutiérrez del Manzano, Magistrado de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se debate en este proceso la conformidad a Derecho de la Resolución de la Administración demandada desestimatoria del recurso de alzada contra la Resolución denegatoria de subvención, exp. IA-01-14-2001-010, para el Proyecto de Inversión de Ejecución de Nave Almacen de Productos Hortofrutícolas en Hinojosa del Duque, Cordoba, por tratarse actividades no subvencionables.

Segundo

La Administración demandada al resolver el recurso de alzada invoca el contenido del artículo 1 del Decreto 271/1995, aplicable a estas Ayudas, que dispone : el establecimiento de Ayudas con el fin de mejorar las condiciones de manipulación, transformación y comercialización de los productos agrarios y alimentarios. E igualmente se cita el contenido de la Orden de 24 de enero de 1996 que desarrolla al antecitado Decreto.

La conclusión es denegatoria por cuanto no se aprecia mejora alguna en la manipulación de las frutas y hortalizas, considerada condición indispensable.

Tercero

Frente a lo anterior evidencia la parte actora su discrepancia por entender que cumple con los requisitos exigidos y en prueba de lo anterior cita el contenido del Informe obrante al folio 2 del Complemento de Expediente.

La Administración demandada se opone, motivadamente.

Cuarto

Examinado lo actuado en el expediente administrativo comprobamos que en el Complemento de Expediente consta Informe emitido por el Departamento de Promoción Industrial de le Delegación Provincial en Cordoba de la Consejería de Agricultura y Pesca que, en relación con el Proyecto presentado por la entidad...

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