AAP Murcia 252/2009, 26 de Octubre de 2009

PonenteCAYETANO RAMON BLASCO RAMON
ECLIES:APMU:2009:560A
Número de Recurso480/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución252/2009
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

AUTO: 00252/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA Telf : 968229183

Fax : 968229184

Modelo : AUR00

N.I.G.: 30030 37 1 2009 0102716

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000480 /2009 Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 12 de MURCIA Procedimiento de origen : EJECUCION HIPOTECARIA 0000882 /2007 RECURRENTE : CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS

Procurador/a : ANTONIO RENTERO JOVER

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Verónica

Procurador/a :

Letrado/a :

A U T O Nº 252/09

Ilmos. Sres. D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

Dª. Mª Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintiséis de octubre de dos mil nueve. H E C H O S

PRIMERO

Que en esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Murcia, se tramita Rollo de Apelación núm. 480/2009, en virtud de recurso de apelación interpuesto por el procurador Sr. Rentero Jover, en nombre y representación de Caja de Ahorros de Asturias, contra el Auto dictado con fecha 6 de febrero de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia núm. 12 de Murcia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "ACUERDO: Suspender el curso de las presentes actuaciones por prejudicialidad penal, hasta que concluya por cualquier medio las Diligencias Previas 4160/08 seguidas ante el Juzgado de Instrucción nº Seis de Alicante.

Líbrese exhorto a dicho Juzgado, para que se tome nota en dicho Juzgado de que se sigue el presente proceso y su suspensión y en su caso comunique la finalización de dichas diligencias por resolución firme al objeto de poder alzar la suspensión acordada".

SEGUNDO

Preparado el recurso de apelación y posteriormente interpuesto contra el auto antes citado, una vez realizados los traslados pertinentes, se remitieron las actuaciones a esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Murcia, donde se formó el rollo expresado, señalándose el día 26 de octubre de 2009 para que tuviera lugar la deliberación y votación.

TERCERO

En la tramitación de la presente alzada se han observado las prescripciones legales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Procede acoger las alegaciones de la parte apelante, pues la ejecución hipotecaria tiene un tratamiento singular en orden a la suspensión que viene regulada en el art. 697 L.e .c., no debiendo olvidar que nos...

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