SAP Madrid 357/2009, 13 de Mayo de 2009
Ponente | JOSE MANUEL ARIAS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APM:2009:18686 |
Número de Recurso | 292/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 357/2009 |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00357/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916
N.I.G. 28000 1 7004664 /2009
Rollo: RECURSO DE APELACION 292 /2009
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1242 /2008
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ALCALA DE HENARES
De: DAWAFRAN INSTALACIONES, S.L.
Procurador: JOSE JOAQUIN NUÑEZ ARMENDARIZ
Contra: Cayetano
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
PONENTE: ILMO. SR. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ
D. ÁNGEL VICENTE ILLESCAS RUS
DªMª JOSEFA RUIZ MARÍN En MADRID, a trece de mayo de dos mil nueve.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 1242/08, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Alcalá de Henares, seguidos entre partes, de una, como demandada-apelante DAWAFRAN INSTALACIONES, S.L., representada por el Procurador D. José Nuñez Armendáriz y defendida por Letrado, y de otra como demandante-apelado D. Cayetano, asistido por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alcalá de Henares, en fecha 3 de febrero de 2009, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:"Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. Javier González Gómez en nombre y representación de D. Cayetano, debo condenar y al demandado, DAWAFRAN INSTALACIONE S.L., a abonar al actor la cantidad de 15.302,87 euros, más los intereses legales desde el 22 de Septiembre de 2008, todo ello con imposición a la demandada de las costas del procedimiento.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 11 de mayo de 2009, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 12 de mayo de 2009.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Habiéndose dictado sentencia en el primer grado jurisdiccional, estimatoria de la acción que en reclamación de cantidad se ejercitó en la demanda instauradora de la litis, se alza en apelación la representación procesal de la entidad...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba