SAP Madrid 163/2009, 18 de Marzo de 2009
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APM:2009:18391 |
Número de Recurso | 138/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 163/2009 |
Fecha de Resolución | 18 de Marzo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00163/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7002121 /2009
ROLLO: RECURSO DE APELACION 138 /2009
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 102 /2008
JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 7 de TORREJON DE ARDOZ
Apelante/s: ULTRAPRO CONSTRUCCION Y REFORMA, S.L.
Procurador: EVENCIO CONDE DE GREGORIO
Apelado/s: Valeriano
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
SENTENCIA Nº 163
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLÁS DÍAZ MÉNDEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO
En MADRID a, dieciocho de marzo de dos mil nueve. La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 102/08, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Torrejón de Ardoz, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 138/09, en el que han sido partes, como apelante ULTRAPRO CONSTRUCCIÓN Y REFORMA, S.L., que estuvo representada por el Procurador D. Evencio Conde de Gregorio; y de otra, como apelado D. Valeriano, que estuvo representado en la instancia por la Procuradora Dª. Mª Victoria Pato Calleja, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 22/09/08 el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Torrejón de Ardoz en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Pato Calleja, en nombre y representación de Valeriano, DEBO CONDENAR Y CONDENO a ULTRAPRO CONSTRUCCION Y REFORMA SL a que abone a la actora la cantidad de siete mil ochocientos ochenta y ocho euros (7.888 euros), cantidad que devengará los intereses presvistos en el artículo 576 LEC, con expresa imposición a la demandada de las costas causadas en esta primera instancia.
Que desetimando íntegramente la demanda reconvencional presentada por el Procurador Sr. Reino García en nombre y representación de ULTRA PRO CONSTRUCCIÓN Y REFORMA SL, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Valeriano de la acción contra él ejercitada, imponiendo asimismo al demandante reconvencional las costas de esta primera instancia."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de ULTRAPRO CONTRUCCIÓN Y REFORMA, S.L., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada el 2/03/09, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el día diecisiete de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
Haciendo una breve síntesis del conflicto que jurídicamente enfrente a las partes, ha de recordarse que la demanda que da origen al proceso, se insta por don Valeriano en reclamación de cantidad contra la mercantil ULTRAPRO CONSTRUCCIÓN Y REFORMA S.L. En su calidad de propietario de la vivienda situada en Becerril de la Sierra, calle Henar 44, el demandante contrató con la demandada, el 6 de julio de 2007 -sic, parece referido a 2006- la realización de unos trabajos de fontanería, pintura, electricidad y albañilería, por un importe de 18.000 euros más el IVA; este inicial presupuesto fue ampliado el 5 de agosto del mismo año, incluyendo ahora solado y alicatado de cocina y baño y suministro de materiales y mano de obra de fontanería en todos los baños y cocina, por un coste de 11.110 euros más IVA. El 11 de julio el demandante hizo un ingreso de 5000 euros, y se llevaron a cabo sucesivos pagos hasta un...
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