SAP A Coruña 333/2009, 3 de Septiembre de 2009
Ponente | MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO |
ECLI | ES:APC:2009:3042 |
Número de Recurso | 290/2009 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 333/2009 |
Fecha de Resolución | 3 de Septiembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA
Sección 002
Rollo: 0000290 /2009-B
Órgano Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de LA CORUÑA/A CORUÑA
Proc. Origen: APELACION AUTOS nº 0000424 /2009
APELANTE.: Guillermo
Procurador: MARTA MARIA LOPEZ LOJO
Letrado.: RAUL GONZALEZ GONZALEZ
APELADO.: MINISTERIO FISCAL
N U M E R O 333
En A Coruña, a tres de Septiembre de dos mil nueve.
LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por las Ilustrísimas Señorías DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO-PRESIDENTA, DON LUIS BARRIENTOS MONGE y DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO, Magistrados/das, ha pronunciado
E N N O M B R E D E L R E Y
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación penal número 290/09, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº5 de A Coruña, en el Juicio Oral número 140/09, seguidas de oficio por un delito de robo con violencia o intimidación, figurando como apelante Guillermo, y como apelado EL MINISTERIO FISCAL.- Siendo Ponente la Ilma. DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO.
Que por la Ilma. Magistrada- Juez del Juzgado de lo Penal Nº5 de A Coruña con fecha 16-7-09, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Condeno al acusado Guillermo, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia y la circunstancia atenuante de actuar a causa de su grave adicción a sustancias estupefacientes, de un delito de robo con intimidación en las personas, cualificados por el uso de arma -asimismo definido- a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y mitad de las costas causadas. Guillermo indemnizará a Cecilia en la suma de 353,35 euros por el dinero sustraído y no recuperado y en el valor de la caja registradora Smsung ER-5140, núm. de serie NUM000, que se tasará en ejecución de sentencia, sin sobrepasar la cantidad en que ha sido valorada por la perjudicada. Se aplicará a estas cantidades lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Guillermo, que le fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 16-7-09, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por diligencia de ordenación de fecha 27-7-09, se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos declarados probados de...
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