SAP Burgos 72/2009, 16 de Febrero de 2009

PonenteILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA
ECLIES:APBU:2009:55
Número de Recurso20/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución72/2009
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00072/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio: SAN JUAN 2

Telf.: 947259950

Fax: 947259952

Modelo: SENTENCIA

N.I.G.: 09059 38 1 2009 0000041

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000020 /2009

Juzgado procedencia: JDO. DE 1A.INSTANCIA N.4 de BURGOS

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000949 /2005

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados,

D. JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA y Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado la siguiente.

S E N T E N C I A Nº 72.

En Burgos, a dieciséis de febrero de dos mil nueve.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 20 de 2.009, dimanante del juicio ordinario número 949/05, del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Burgos, sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 14 de octubre de

2.008, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelante, la mercantil "TEBYCON, S.A.", representada por la Procuradora Dª Victoria Llorente Celorrio y defendida por la Letrada Dª Silvia Gómez Sierra; y, como demandado-apelado, D. Fulgencio, representado por el Procurador D. Jesús Prieto Casado y defendido por el Letrado D. Joaquín Sáez Fernández. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando como desestimo la demanda presentada por "TEBYCON, S.A.", con Procuradora Sra. Llorente Celorrio y Letrada Sra. Gómez Sierra, contra Fulgencio, con Procurador Sr. Prieto Casado y Letrado Sr. Sáez Fernández, debo condenar a la parte actora al pago de las costas procesales".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la entidad demandante se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 12 de febrero pasado, en que tuvo lugar.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se formula en la presente litis una demanda por quien resultó adjudicatario de una obra pública de urbanización, y la llevó a cabo, contra el propietario de un hotel que estaba obligado a su vez frente al mismo Ayuntamiento a realizar la urbanización como parte de su propia obra privada de edificación, y como requisito para poder obtener la licencia municipal de obra, reclamando la parte actora al citado demandado la parte proporcional del coste de las obras de urbanización, que afectaban a una extensión mucho mayor.

Segundo

El tribunal de instancia desestima la demanda porque considera que no hay contrato alguno entre las partes litigantes, que conlleve obligación de pagar el precio de la obra. En efecto, la demandante Tebycon resultó adjudicataria en el año 2003 de la obra de remodelación de infraestructuras del barrio de Castañares fase I por un importe de 694.816,78 #. Dentro del perímetro de esta obra pública estaba el hotel de la parte demandada el cual había presentado al Ayuntamiento para su aprobación en el año 2001 un proyecto de urbanización anexo al proyecto de hotel restaurante por un importe de 9.481,56 #. Pero las obras las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR