SAP Barcelona 451/2009, 16 de Octubre de 2009

PonenteJOSE MANUEL REGADERA SAENZ
ECLIES:APB:2009:13838
Número de Recurso184/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución451/2009
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimonovena

ROLLO Nº 184/2009 A

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 605/2007

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 MARTORELL

S E N T E N C I A Nº 451/09

Ilmos. Sres.

Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ

D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ

Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de octubre de dos mil nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 605/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 6 Martorell, a instancia de D/Dª. Juan Antonio, contra Dª. Valle ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de junio de 2008, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMAR la demanda interpuesta por el Procurador Juan García García, en nombre y representación de Juan Antonio, contra Valle, CONDENANDO a la demandada a pagar al actor, la cantidad de catorce mil ciento sesenta y un euros con sesenta y ocho céntimos (14.161,68 euros). Asimismo se condena a la demandada al pago de las costas del presente juicio.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 7 de octubre de 2009. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por parte de la representación de Dª. Valle se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Martorell el día 30 de junio de 2008 en Juicio Ordinario 605/2007. La referida sentencia condenó a la apelante, como copropietaria del 56,80% de la finca sita en la calle DIRECCION000, NUM000 de Masquefa, al abono de la cantidad proporcional correspondiente a su cuota de participación por las obras de reparación de la cubierta del edificio y por los daños sufridos por la vivienda del actor sufridos como consecuencia de la previa falta de mantenimiento de la dicha cubierta. La apelante se alza contra la sentencia al alegar que no se contó con el consentimiento de la demandada para la realización de las obras.

SEGUNDO

La finca de autos está constituida en régimen de propiedad horizontal por escritura pública de 27 de noviembre de 1991. Otra cosa es que no se siga por los copropietarios el régimen propio de dicha forma de copropiedad, pues ello no implica que se apliquen las normas que la regula. Aquí la cuestión es que uno de los copropietarios minoritario, el actor, con el acuerdo del otro copropietario minoritario, Sr. Doroteo, decidieron proceder al arreglo de la cubierta del edificio sin el concurso de la propietaria mayoritaria y aquí demandada. Pues bien, resulta aquí que la cubierta es un elemento común (art. 553-41 del CCC ) que debe ser mantenido por la Comunidad (art. 553-44.1 del CCC ), sin que ninguno de los copropietarios pueda oponerse al abono de tales gastos por tratarse de una obra indispensable para la seguridad del edificio (art. 553-44.3 del CCC )....

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